En el Portal de Informacion del Gobierno el Sr. V.Q.T en Dong Thap informo que el y su esposa son profesores jubilados que residen permanentemente en la comuna. La pension de jubilacion de ambos conyuges es de 22 millones de VND/mes no estan sujetos a hipotecas ni a apoyo de vivienda de ninguna forma.
El Sr. T se registro para comprar una vivienda social tiene una confirmacion en la escuela de que es funcionario jubilado tiene una decision sobre el regimen de pension mensual la Oficina de Registro de Tierras tambien confirmo que no tiene una casa ni un terreno a su nombre.
Sin embargo el departamento de construccion no estuvo de acuerdo en aceptar el expediente con el argumento de que el era un funcionario jubilado por lo que no recibio apoyo de politicas de vivienda social por lo que se le exigio que se considerara como trabajador autonomo (sin contrato de trabajo).
El Sr. T pregunto: ¿Pueden los funcionarios publicos y empleados jubilados comprar viviendas sociales? Si si ¿que procedimientos deben realizarse que agencia confirmara al sujeto y a quien pertenecera?
El Departamento de Gestion de Vivienda y Mercado Inmobiliario del Ministerio de Construccion responde a este problema de la siguiente manera:
El articulo 76 de la Ley de Vivienda de 2023 estipula especificamente los sujetos que pueden beneficiarse de las politicas de apoyo a la vivienda en particular el apartado 5 del articulo 76 estipula: '5. Personas de bajos ingresos en zonas urbanas'.
En el apartado 1 del articulo 78 de la Ley de Vivienda de 2023 se estipula que los sujetos estipulados en los apartados 1 4 5 6 7 8 9 y 10 del articulo 76 que cumplen las condiciones de vivienda y las condiciones de ingresos estipuladas en este apartado pueden comprar y alquilar viviendas sociales (Articulo 29 Articulo 30 Decreto No. 100/2024/ND-CP de 26 de julio de 2024 del Gobierno que regula detalladamente algunos articulos de la Ley de Vivienda sobre el desarrollo y la gestion de viviendas sociales ha estipulado especificamente las condiciones para
El apartado 1 del articulo 29 del Decreto No. 100/2024/ND-CP estipula lo siguiente:
El caso de no tener vivienda propia se determina cuando el sujeto estipulado en el apartado 1 del articulo 77 de la Ley de Vivienda y la esposa o el conyuge de ese sujeto (si los hay) no estan nombrados en el certificado de derecho de uso de la tierra y derechos de propiedad de los bienes inmuebles relacionados con la tierra en la provincia o ciudad directamente dependiente del centro donde se encuentra el proyecto de vivienda social en el momento de presentar el expediente de registro para comprar alquilar o alquilar vivienda social.
En un plazo de 07 dias a partir de la fecha de recepcion de la solicitud de confirmacion del nombre en el certificado de derecho de uso de la tierra y los derechos de propiedad de los bienes relacionados con la tierra la oficina de registro de la tierra/cursal de la Oficina de registro de la tierra en las unidades administrativas de nivel comunal o intercomunal de comunas y barrios pertenecientes a la provincia o ciudad directamente dependiente del centro donde se encuentra el proyecto de vivienda social se llevara a cabo la confirmacion para el caso estipulado en este apartado.
El 10 de octubre de 2025 el Gobierno promulgo el Decreto No. 261/2025/ND-CP que modifica y complementa algunos articulos del Decreto No. 100/2024/ND-CP de 26 de julio de 2024 del Gobierno y el Decreto No. 192/2025/ND-CP de 1 de julio de 2025 del Gobierno.
En consecuencia en el apartado 2 del articulo 1 se han modificado y complementado el apartado 1 y el apartado 2 del articulo 30 del Decreto No. 100/2024/ND-CP en el que se ha elevado la condicion de ingresos para el caso de que el solicitante se haya casado de acuerdo con las disposiciones de la ley entonces el solicitante y la esposa (esposo) de esa persona tienen un ingreso total promedio mensual reconocido de no mas de 40 millones de VND calculado segun el Tabla de salarios de las agencias unidades y empresas donde el solicitante trabaja.
En el Formulario No. 01a del Anexo emitido adjunto a la Circular No. 32/2025/TT-BXD de fecha 10 de noviembre de 25 de cada año del Ministro de Construccion que modifica y complementa algunos articulos de la Circular No. 05/2024/TT-BXD de fecha 31 de julio de 2024 del Ministro de Construccion que regula detalladamente algunos articulos de la Ley de Vivienda se ha guiado sobre los documentos que demuestran los sujetos e ingresos para beneficiarse de las politicas de apoyo a la vivienda social (aplicables a los sujetos
En consecuencia en la nota de pie numero 6 se indica: 'Departamento unidad o empresa donde el declarante esta trabajando para llevar a cabo la confirmacion.
En el caso de que el declarante este disfrutando de una pension pagada por la agencia de Seguro Social de acuerdo con las disposiciones de la ley de seguro social la agencia de seguro social que esta pagando la pension o el comite popular de la comuna donde se registra la residencia permanente o temporal o el lugar de residencia actual realizan la confirmacion' y en la nota no 8 se indican: 'Personas de bajos ingresos en zonas urbanas (excepto en el caso de personas de bajos ingresos en zonas urbanas que no tienen contrato de trabajo
En el caso de que el sujeto haya renunciado al regimen (de jubilacion) se indica claramente: persona de bajos ingresos en la zona urbana (de jubilacion)'.
Por lo tanto en el caso de que el sujeto haya renunciado al regimen (de jubilacion) para poder comprar una vivienda social debe garantizar las condiciones de ingresos y condiciones de vivienda de acuerdo con las regulaciones anteriores.