Basandose en el punto b del apartado 1 del articulo 5 del Decreto 151/2025/ND-CP que regula la autoridad del Comite Popular a nivel de distrito el Presidente del Comite Popular a nivel de distrito se transfiere al Presidente del Comite Popular a nivel de comuna de la siguiente manera:
Articulo 5. La autoridad del Comite Popular del distrito se transfiere al Presidente del Comite Popular del distrito.
1. La autoridad del Comite Popular a nivel de distrito de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Tierras transferida al Presidente del Comite Popular a nivel de comuna incluye:
a) Aprobar el plan de uso de tierras agricolas de la organizacion economica estipulado en el apartado 6 del articulo 45 de la Ley de Tierras; aprobar el plan de uso de tierras de arroz de particulares estipulado en el apartado 7 del articulo 45 de la Ley de Tierras.
b) Decision de recuperacion de tierras en los casos previstos en el apartado 2 del articulo 83 de la Ley de Tierras; recuperacion de tierras relacionada con las disposiciones del punto b del apartado 3 del apartado 5 del punto b del apartado 6 del articulo 87 y del apartado 7 del articulo 91 de la Ley de Tierras.
c) Emitir el Aviso de Recuperacion de Tierras estipulado en el punto a parrafo 2 Articulo 87 de la Ley de Tierras.
d) Decision de aprobacion del plan de compensacion apoyo y reasentamiento estipulado en el punto c apartado 3 articulo 87 de la Ley de Tierras.
d) Aprobar el plan de coercion la decision de recuperacion de tierras y los fondos para las actividades de coercion estipulados en el punto b del apartado 5 del articulo 89 de la Ley de Tierras.
e) Decidir el precio especifico de la tierra segun lo dispuesto en el apartado 2 del articulo 91 de la Ley de Tierras.
g) Decidir el precio de venta de viviendas de reasentamiento en el area estipulado en el apartado 3 del articulo 111 de la Ley de Tierras.
h) Obtener el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra y los Derechos de Propiedad de los Bienes Conjuntos con la Tierra segun lo dispuesto en el punto b del apartado 1 del articulo 136 y el punto d del apartado 2 del articulo 142 de la Ley de Tierras.
i) Redefinir el area de tierra residencial y emitir un Certificado de Derecho de Uso de la Tierra propiedad de bienes inmuebles relacionados con la tierra estipulado en el apartado 6 del articulo 141 de la Ley de Tierras.
Por lo tanto segun el contenido de la regulacion anterior la autoridad para recuperar terrenos que son activos publicos anteriores decididos por el distrito despues del 1 de julio de 2025 se transfiere al Presidente del Comite Popular de la comuna para su implementacion.