El Ministerio de Educacion y Formacion (GDDT) publico el borrador del Decreto que modifica y complementa algunos articulos del Decreto No. 04/2021/ND-CP del Gobierno que regula las sanciones por infracciones administrativas en el campo de la educacion y el Decreto No. 88/2022/ND-CP del Gobierno que regula las sanciones por infracciones administrativas en el campo de la educacion vocacional para obtener opiniones y comentarios.
Segun el Ministerio la enmienda y complementacion del Decreto se lleva a cabo sobre la base de las principales politicas del Partido y el Estado sobre la reorganizacion y simplificacion del aparato administrativo la mejora de la ley el fortalecimiento de la severidad la transparencia y la eficacia de la aplicacion de la ley al tiempo que cumple con los requisitos practicos en el contexto de la organizacion del modelo de gobierno local de dos niveles. El borrador del Decreto se centra en enmendar completar completar y eliminar muchas regulaciones que ya no son adecuadas para la practica.
En particular el Ministerio de Educacion y Formacion propuso enmendar y complementar las infracciones de las regulaciones sobre la implementacion de la vinculacion educativa y la vinculacion de la formacion con el extranjero y las sanciones y formas de sancion adicionales a las infracciones.


Articulo 15. Modificacion y adicion de algunos puntos y apartados del Articulo 19. Especificamente de la siguiente manera:
1. Agregar los puntos c y d a la clausula 1 de la siguiente manera:
“c) No hacer publico o no hacer publico completamente la informacion relacionada con el programa de vinculacion de formacion con el extranjero de acuerdo con las regulaciones;
d) No llevar a cabo la inspeccion del programa de vinculacion de formacion de acuerdo con las regulaciones.
Actualmente el parrafo 1 del articulo 19 del Decreto No. 04/2021/ND-CP (que ha sido modificado y complementado por el Decreto No. 127/2021/ND-CP) estipula:
Multa de 30.000.000 VND a 40.000.000 VND por uno de los siguientes actos:
a) No se garantiza una de las condiciones para la implementacion de la vinculacion educativa la vinculacion de la formacion;
b) Fraude para ser aprobado por las autoridades competentes para implementar la vinculacion educativa y la vinculacion de la formacion.
Por lo tanto si se agregan los puntos c y d mencionados anteriormente al apartado 1 del articulo 19 el acto de no hacer publico o no hacer publico completamente la informacion relacionada con el programa de vinculacion de formacion con el extranjero de acuerdo con las regulaciones; no llevar a cabo la inspeccion del programa de vinculacion de formacion de acuerdo con las regulaciones puede ser multado con hasta 40.000.000 VND.
Ademas el Ministerio tambien propuso enmendar y complementar los apartados 2 5 y 6 del articulo 19 de la siguiente manera:
2. Modificacion y adicion de la clausula 2 de la siguiente manera:
“2. Multa de 60.000.000 VND a 80.000.000 VND por uno de los siguientes actos:
a) Organizar la enseñanza de programas de vinculacion educativa y de vinculacion de formacion con paises extranjeros que no cumplan con el contenido aprobado por las autoridades competentes;
b) El equipo de profesores no cumple con las disposiciones de la ley y las regulaciones del programa de vinculacion de formacion con el extranjero;
3. Modificar y complementar la clausula 5 de la siguiente manera:
“5. Formas de sancion adicional:
Suspension de las actividades de vinculacion educativa y vinculacion de la formacion de 12 meses a 24 meses para actos que violen las regulaciones de los apartados 1 y 2 de este articulo;
4. Modificacion y adicion de la clausula 6 de la siguiente manera:
6. Medidas para superar las consecuencias:
Obligar al estudiante a acordar con el estudiante transferir al estudiante que ha sido admitido a otro centro educativo que cumpla con las condiciones permitidas para operar en la educacion u otra especialidad de la institucion de formacion o transferir al estudiante al mismo nivel en otro centro de formacion cuando cumpla con las condiciones de acuerdo con las regulaciones o cancelar la decision de admision y devolucion de los fondos recaudados al estudiante y resolver las consecuencias si el estudiante no acepta el acuerdo de transferencia para el acto de violacion de las disposiciones del apartado 4 de este articulo”.
El Ministerio de Educacion y Formacion recibe comentarios sobre el proyecto de Decreto hasta el 16 de octubre de 2025.