El Ministerio de Educación y Formación acaba de anunciar el borrador de la Circular que promulga el Reglamento de Admisión en la educación vocacional para obtener comentarios.
Con respecto al alcance del ajuste y los sujetos de aplicación, el borrador de la Circular establece que esta regulación regula la admisión a todos los niveles educativos y niveles de formación en educación vocacional.
Esta regulación se aplica a las instituciones de educación vocacional, las instituciones que participan en actividades de educación vocacional (en adelante denominadas colectivamente instituciones de educación vocacional) y las agencias, organizaciones e individuos relacionados de acuerdo con las regulaciones. Esta regulación no se aplica a las instituciones de formación en educación preescolar y no se aplica a los sujetos que inscriben estudiantes en programas de formación conjunta con el extranjero, que estudian en el extranjero.
Sobre la composición y las tareas, los poderes del consejo de admisión, el artículo 8 del proyecto de Circular establece claramente:
1. El jefe de la institución de educación vocacional emite una decisión para establecer el Consejo de Admisión.
2. Los miembros del Consejo de Admisión incluyen:
a) Presidente: El jefe o subjefe del jefe de la institución de educación vocacional a cargo de las actividades de admisión;
b) Vicepresidente: Subdirector del jefe de la institución de educación vocacional, Jefe del departamento de formación o persona a cargo del departamento de admisión de la institución de educación vocacional;
c) Miembro permanente: Jefe de departamento o subjefe de departamento de formación, jefe o subjefe de la unidad a cargo de la admisión;
d) Miembros: Algunos jefes o subjefes de departamentos, facultades, departamentos; maestros, profesores y personal de tecnología de la información decididos por el jefe de la institución de educación vocacional.
3. Tareas y poderes del Consejo de Admisión:
a) Organizar la implementación de los planes de admisión seleccionados;
b) Resolver preguntas y quejas, denuncias relacionadas con el trabajo de admisión;
c) Cobrar y utilizar las tasas de admisión de acuerdo con las regulaciones;
d) Resumir el trabajo de admisión; decidir recompensar y disciplinar de acuerdo con las regulaciones;
đ) Organizar la implementación del software de admisión de la escuela, del Ministerio (si lo hay); informar los resultados de admisión de acuerdo con las regulaciones.
4. Tareas y poderes del Presidente del Consejo de Admisión:
a) Organizar la implementación y ser responsable del trabajo de admisión;
b) Establecer comités de apoyo para el Consejo de Admisión, que incluyen:
- Sección de secretaría, Junta de revisión, Junta de preguntas de examen, Junta de supervisión de exámenes, Junta de calificación de exámenes, dependiendo del método de admisión de cada institución de educación vocacional;
- Otros comités (si los hay) están regulados por el Presidente del Consejo de Admisión sobre la base de las opiniones de los miembros del Consejo de Admisión. La estructura, el número, la composición, las funciones, las tareas y los poderes de los comités de apoyo del Consejo de Admisión están regulados por el Presidente del Consejo de Admisión sobre la base de las opiniones de los miembros del Consejo de Admisión. Los comités profesionales realizan tareas de acuerdo con las regulaciones del reglamento de admisión emitido por el jefe de la institución de educación vocacional.
c) Realizar el trabajo de presentación de informes de acuerdo con las regulaciones.
5. Tareas y poderes del Vicepresidente del Consejo de Admisión:
Realizar las tareas asignadas por el Presidente del Consejo de Admisión y resolver el trabajo en nombre del Presidente del Consejo de Admisión cuando el Presidente del Consejo de Admisión lo autorice.
Proyecto de Circular que promulga el Reglamento de Admisión en la Educación Vocacional para recabar opiniones hasta el 22 de abril de 2026.