El articulo 7 del decreto 154/2025/ND-CP estipula la politica de mudarse al trabajo en organizaciones que no reciben salarios regulares del presupuesto estatal:
Los sujetos que se mudan al trabajo en organizaciones que no disfrutan de los fondos regulares del presupuesto estatal tienen derecho a los siguientes regimenes: se les permite nivelar 3 meses de salario actual;
Apoyo 0.5 meses de salario actualmente con derecho a cada año de trabajo con un seguro social obligatorio.
Nota, no aplique las politicas anteriores a los siguientes casos:
Aquellos que trabajaron en unidades publicas no ocupadas cuando la unidad se transformo en unidades publicas de no participacion para garantizar gastos recurrentes o unidades publicas de no participacion para garantizar el gasto recurrente y el gasto de inversion o las empresas o la equitizacion aun se conservan para trabajar;
Aquellos que estan a racionalizacion de la nomina son desde 3 años o menos hasta la edad de jubilacion prescrita en el Apendice II emitido junto con el Decreto 135/2020/ND-CP, con suficiente tiempo de trabajo para pagar un seguro social obligatorio o superior para tener derecho a la pension de acuerdo con la ley, de los cuales hay 15 años de trabajo, trabajos peligrosos y peligrosos;
O especialmente pesado, toxico y peligroso en la lista emitida por la agencia del gobierno, que realiza la funcion de gestion estatal en mano de obra o tiene 15 años o mas trabajando en una condicion socioeconomica extremadamente dificiles emitidas por la agencia del gobierno que realiza la funcion de gestion estatal, incluido el tiempo de trabajo en el lugar donde el area del nivel regional es 0.7 o mas antes de 1.1.2021.
Aquellos que estan a racionalizacion de la nomina tienen desde 3 años y menos de la edad de jubilacion prescrita en el Apendice que emiti junto con el Decreto 135/2020/ND-CP, con suficiente tiempo de trabajo para pagar el seguro social obligatorio o superior para tener derecho a la pension de acuerdo con la ley sobre el seguro social.