Según la lista del Seguro Social de la ciudad de Hanoi, a finales de junio de 2026, había más de 23.800 unidades y empresas que evadían el pago del seguro social, el seguro médico y el seguro de desempleo con una cantidad de miles de billones de VND.
El hecho de que las unidades y empresas no paguen el seguro social, el seguro médico y el seguro de desempleo ha causado grandes pérdidas a cientos de miles de trabajadores.
Encabezando la lista de unidades y empresas que evaden el pago del seguro social se encuentra Lilama3 Joint Stock Company (barrio de Dong Ngac, ciudad de Hanoi) que evadió el pago del seguro social para 51 empleados, con una cantidad de más de 49,7 mil millones de VND. Seguido por Cau 12 Joint Stock Company (barrio de Phuc Loi, ciudad de Hanoi) que evadió el pago de más de 30 mil millones de VND. En tercer lugar se encuentra la sucursal de Xuan Kien VINAXUKI Automobile Joint Stock Company - Fábrica de producción de automóviles No. 1, Me Linh, ciudad de Hanoi que evadió el pago de más de 26,9 mil millones de VND...
La Seguridad Social de la ciudad de Hanoi también ha contabilizado más de 100 unidades y empresas que evaden el pago del seguro social por valor de 1.800 millones de VND o más. En la lista hay unidades y empresas como: BKAV Antivirus Software Joint Stock Company, Mai Linh Hanoi Technology Transport Co., Ltd., Vietnam Auto Solutions Group Joint Stock Company, BKAV Joint Stock Company, Phuc Hung Construction and Trading Investment Joint Stock Company, X.E Vietnam Limited Liability Company...
Anteriormente, el 23 de mayo, el periódico Lao Dong publicó un artículo "Más de 23.800 empresas retrasan el pago del seguro social en más de 2. 205 mil millones de VND". El contenido del artículo menciona el caso del Sr. Nguyen Van Hoa (Phu Tho) que fue retrasado en el pago del seguro social por Lilama 3 Joint Stock Company durante casi 7 años, con una cantidad de 194 millones de VND.
En julio de 1997, el Sr. Hoa firmó un contrato de trabajo con Lilama 7 Company en Da Nang, luego en junio de 2006 se mudó a Lilama 3 Company (en Phu Tho) - más tarde la empresa se mudó a Bac Tu Liem, Hanoi. En febrero de 2022, el Sr. Hoa rescindió su contrato laboral con Lilama 3 Company. Sin embargo, no recibió su libro de seguro social.
Según el Sr. Hoa, en la misma situación que él, también hay muchos colegas que debido a las demoras en el pago del seguro social tienen muchas dificultades para ganarse la vida. Para reclamar sus derechos y los de sus colegas, fue muchas veces a LILAMA 3 Joint Stock Company para solicitar a los líderes que implementaran el régimen con los empleados que habían rescindido sus contratos; y al mismo tiempo envió peticiones de ayuda a las agencias funcionales, pero sin resultados...

El 14 de julio, cuando un periodista del periódico Lao Dong informó: Lilama3 Joint Stock Company actualmente "lidera" la lista de unidades y empresas que evaden el pago del seguro social en el área de Hanoi, el Sr. Hoa dijo: "Después de rescindir el contrato, he pedido repetidamente a los líderes de Lilama 3 Company que cierren y devuelvan los libros de seguro social, sin embargo, los líderes de la empresa siempre posponen y prometen pagar el seguro social. Pero hasta ahora, esa promesa no ha sido cumplida por los líderes de la empresa. Todos somos personas mayores, que han contribuido mucho a la unidad, pero actualmente debido a que la empresa evade el pago del seguro social, muchas personas se encuentran en circunstancias difíciles. Si las agencias funcionales no toman medidas enérgicas, seguramente no disfrutaremos de nuestros derechos legítimos".
En una entrevista con un periodista del periódico Lao Dong, la Sra. Duong Thi Minh Chau, Jefa del Departamento de Propaganda y Apoyo a los participantes del Seguro Social de la ciudad de Hanoi, dijo: La Ley de Seguro Social de 2024, que entró en vigor el 1 de julio de 2025, ha añadido muchas regulaciones para fortalecer las sanciones por el acto de retraso en el pago y evasión del pago del seguro social. El acto de evasión del pago también tiene medidas enérgicas como el enjuiciamiento penal de acuerdo con las disposiciones de la ley.
Específicamente:
* El artículo 38 estipula que el retraso en el pago del seguro social obligatorio, el seguro de desempleo es el acto del empleador en uno de los siguientes casos:
No haber pagado o no haber pagado íntegramente la cantidad a pagar según el expediente de participación en el seguro social obligatorio, seguro de desempleo registrado a partir de la fecha más tardía de pago del seguro social especificada en el apartado 4 del artículo 34 de esta Ley o a partir de la fecha más tardía de pago del seguro de desempleo de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre seguro de desempleo, excepto en los casos especificados en los puntos d y e del apartado 1 del artículo 39.
No registrar o registrar incompletamente el número de personas que deben participar en el seguro social obligatorio, el seguro de desempleo en un plazo de 60 días a partir de la fecha de vencimiento del plazo estipulado.
Perteneciente a los casos que no se consideran evasión del pago del seguro social obligatorio, seguro de desempleo según lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 39 de esta Ley.
* El artículo 39 estipula que la evasión del pago del seguro social obligatorio, el seguro de desempleo es el acto del empleador en uno de los siguientes casos para no pagar o pagar incompletamente el seguro social, el seguro de desempleo para los empleados:
Después de 60 días a partir de la fecha de vencimiento del plazo estipulado en el apartado 1 del artículo 28 de esta Ley, si el empleador no registra o no registra completamente el número de personas que deben participar en el seguro social obligatorio, el seguro de desempleo;
Registrar el salario como base para pagar el seguro social obligatorio, el seguro de desempleo inferior a lo estipulado en el párrafo 1 del Artículo 31 de esta Ley;
No pagar o pagar incompletamente la cantidad de dinero registrada para el seguro social obligatorio, el seguro de desempleo después de 60 días a partir de la fecha más tardía de pago del seguro social obligatorio, el seguro de desempleo más tardío especificado en el párrafo 4 del Artículo 34 de esta Ley y que haya sido instado por la autoridad competente de acuerdo con las regulaciones del Artículo 35 de esta Ley;
Otros casos se consideran evasión del pago del seguro social obligatorio, el seguro de desempleo de acuerdo con las regulaciones del Gobierno.
La Ley de Seguro Social de 2024 ha encomendado al Gobierno que regule detalladamente el Artículo 39 sobre la evasión del pago del seguro social obligatorio, el seguro de desempleo y que regule los casos de evasión, pero con una razón justificada, no se considera evasión del pago del seguro social obligatorio, el seguro de desempleo.
* Los artículos 40 y 41 estipulan las medidas para manejar los actos de pago tardío y evasión del pago del seguro social obligatorio y el seguro de desempleo de la siguiente manera:
Obligar a pagar la cantidad total de pagos atrasados y evadidos; pagar una cantidad igual al 0,03%/día calculada sobre el importe del seguro social y el seguro de desempleo pagado atrasado y evadido y el número de días de pago atrasado y evadido al fondo de seguro social y al fondo de seguro de desempleo.
Sancionar las infracciones administrativas de acuerdo con las disposiciones de la ley; no considerar la concesión de títulos de emulación, formas de recompensa.
En cuanto al acto de evasión de pago, también existe una medida enérgica de procesar la responsabilidad penal de acuerdo con las disposiciones de la ley.