En particular la determinacion de la persona admitida en el examen de admision a funcionarios publicos se basa en el articulo 12.
Articulo 12. Determinacion de los candidatos admitidos en el examen de contratacion publica
1. Los candidatos admitidos en el examen de contratacion publica deben cumplir las siguientes condiciones:
a) Tener un resultado de puntuacion de la ronda 2 de 50 puntos o mas;
b) Tener un resultado de la puntuacion de la ronda 2 sumado a la puntuacion de prioridad estipulada en el Articulo 6 de este Decreto (si la hay) superior tomando el orden de puntuacion de arriba a abajo dentro del alcance de los puestos de trabajo contratados de cada puesto de trabajo.
2. En el caso de que haya 2 o mas personas con un puntaje total calculado segun lo dispuesto en el punto b del apartado 1 de este articulo igual en el ultimo criterio del puesto de trabajo solicitado la persona con un resultado de puntuacion de la ronda 2 superior es la candidata a la admision; si aun no se puede determinar el jefe de la agencia competente para contratar decide la candidata a la admision.
3. Para el puesto de trabajo que se recluta comunmente para muchos organismos publicos empleados publicos diferentes la determinacion de la agencia publica empleadora que recluta se lleva a cabo en orden prioritario en el Formulario de solicitud de empleo de la persona reclutada. En el caso de que el numero de personas reclutadas que se registren simultaneamente para un organismo publico empleador sea mayor que el numero de objetivos de contratacion de ese organismo publico empleador se prioriza la seleccion de personas con mejores resultados de contratacion.
4. Las personas que no fueron admitidas en el periodo de admision de funcionarios publicos no pueden conservar los resultados de la admision para los siguientes periodos de admision.