En particular la responsabilidad en el trabajo de nombramiento de funcionarios publicos para ocupar cargos de liderazgo y gestion se basa en el Articulo 30.
Articulo 30. Responsabilidad en el trabajo de nombramiento de funcionarios publicos para ocupar cargos de liderazgo y gestion
1. El jefe de la celula directiva los miembros del comite del partido los lideres de las agencias y organizaciones son responsables de proponer personal y comentar y evaluar el personal propuesto.
2. El colectivo del comite del partido el colectivo de lideres de agencias y organizaciones discuten comentan evaluan evaluan y decidan o solicitan a la autoridad competente que lo considere y decida.
3. Los individuos y colectivos que propongan el nombramiento deben ser responsables ante la autoridad competente de las opiniones propuestas comentarios evaluaciones conclusiones de los estandares politicos y morales; la capacidad de trabajo las ventajas y desventajas del personal propuesto para el nombramiento.
4. El organismo de asesoramiento sobre organizacion de personal y las agencias pertinentes son responsables de los resultados de la evaluacion y la propuesta de personal de acuerdo con sus funciones tareas y poderes.
5. El colectivo de lideres el jefe de la decision de nombramiento es responsable de su decision; lidera y dirige el trabajo de inspeccion supervision y manejo de violaciones en el trabajo de funcionarios.
6. Los funcionarios publicos propuestos y considerados para su nombramiento deben ser responsables de declarar su curriculum vitae expedientes personales declarar sus bienes e ingresos explicar los contenidos relacionados.