El articulo 42 de la Ley de Profesores 2025 (que entro en vigor el 1 de enero de 2026) estipula:
Regulaciones de transicion
1. En los casos en que la autoridad competente haya aprobado un proyecto o plan para organizar la contratacion de docentes y la consideracion del ascenso al titulo profesional de docente antes de la fecha de entrada en vigor de esta Ley se seguira implementando de acuerdo con el proyecto o plan aprobado dentro de los 12 meses siguientes a la fecha de entrada en vigor de esta Ley.
2. Los maestros continuan disfrutando del subsidio de antigüedad de los maestros hasta que se implemente la reforma de la politica salarial para funcionarios publicos empleados publicos y fuerzas armadas populares y trabajadores en las empresas.
Por lo tanto a partir del 1 de enero de 2026 cuando entre en vigor la Ley de Maestros 2025 seguira disfrutando del subsidio de antigüedad del maestro hasta que se implemente la reforma de la politica salarial para funcionarios publicos empleados publicos y fuerzas armadas populares y trabajadores en las empresas.
Por lo tanto se eliminara el subsidio de antigüedad para los docentes al implementar la reforma de la politica salarial para funcionarios publicos empleados publicos y fuerzas armadas populares y trabajadores en las empresas.
Esto es totalmente coherente con la orientacion de la reforma salarial de los funcionarios publicos empleados publicos y fuerzas armadas en general en la Resolucion 27/NQ-TW de 2018 sobre la reorganizacion de los regimenes actuales de subsidios garantizando que el fondo total de subsidios represente un maximo del 30% del fondo salarial total. Entre ellos se abolio el subsidio de antigüedad profesional (excepto el ejercito la policia y las fuerzas especiales para garantizar la correlacion salarial con los funcionarios publicos)...