A partir del 18 de mayo, según el Decreto 109/2026/ND-CP del Gobierno, el nivel de sanción por actos de violación del régimen de monogamia se ajustó para aumentar de 3-5 millones de VND a 5-10 millones de VND, con el fin de aumentar el efecto disuasorio y proteger los valores del matrimonio y la familia.
Esta regulación sustituye al Decreto 82/2020, modificado y complementado por el Decreto 117/2024.
La multa por violar el régimen de monogamia se ha incrementado en comparación con las regulaciones anteriores.
En el artículo 62 del Decreto 109, los siguientes actos serán multados con entre 5 y 10 millones de VND:
a) Estar casado o estar casado y casarse con otra persona, no estar casado o no estar casado y casarse con alguien que sabe claramente que está casado o está casado.
b) Estar casado o estar casado y convivir como marido y mujer con otra persona.
c) No tener esposa o no tener marido pero convivir como marido y mujer con alguien que sabe claramente que está casado o está casado.
d) Matrimonio o convivencia como marido y mujer entre una persona que fue padre adoptivo y hijo adoptivo, suegro y nuera, suegra y yerno, padrastro y hijastro de la esposa, madrastra y hijastro del marido.
e) Obstruir el matrimonio, exigir riqueza en el matrimonio o obstruir el divorcio.
En comparación con las regulaciones anteriores, el nivel de sanción para este grupo de actos se ha duplicado.
Mientras tanto, la multa de 10 a 20 millones de VND para infracciones más graves se mantiene sin cambios, incluyendo:
a) Casarse o convivir como marido y mujer entre personas de ascendencia o entre personas con apellidos dentro de tres generaciones.
b) Casarse o convivir como marido y mujer entre padre, madre adoptiva y hijo adoptivo.
c) Coerción para contraer matrimonio o engaño para contraer matrimonio; coerción para divorciarse o engaño para divorciarse.
d) Aprovechar el matrimonio para salir, entrar, residir, obtener la nacionalidad vietnamita, la nacionalidad extranjera; disfrutar de los regímenes preferenciales del Estado o para lograr otros fines que no tengan como objetivo construir una familia.
e) Aprovechar el divorcio para evadir las obligaciones patrimoniales, violar las políticas y leyes sobre población o para lograr otros fines que no tengan como objetivo poner fin al matrimonio.
La Ley de Matrimonio y Familia define "vivir juntos como marido y mujer" como que hombres y mujeres organizan una vida juntos y se consideran marido y mujer. La práctica de aplicación de las directrices de la Circular Conjunta 01/2001 muestra que este comportamiento puede identificarse a través de la convivencia como una familia, tener hijos en común, tener bienes comunes o ser reconocido por la comunidad circundante como una relación matrimonial, ya sea pública o no pública.
Además de las sanciones administrativas, el acto de violar el régimen de monogamia también puede ser procesado penalmente si causa consecuencias graves, como la ruptura del matrimonio que conduce al divorcio, o la reincidencia después de haber sido sancionado. El marco penal incluye reforma sin detención hasta 1 año o prisión de 3 meses a 1 año.
En casos más graves, como causar que el esposo, la esposa o el hijo de una de las partes se suiciden, o mantener una relación ilegal a pesar de que haya una decisión judicial que obligue a la terminación, el infractor puede ser castigado con prisión de 6 meses a 3 años.