La Sra. Son Thi Diem es profesora de preescolar, graduada en 2014, código 15.115, clase IV. En 2017 fue transferida al código V.07.02.06, clase IV. En 2023, tiene el código de rango V.07.02.26, clase III.
La Sra. Diem preguntó, al considerar las condiciones para ascender a la clase II, el tiempo para mantener la clase III es de 3 años, ¿es ella elegible?
Sobre este tema, el Ministerio de Educación y Formación dijo que el tiempo incluido en el tiempo de ocupación del título profesional de maestro de jardín de infancia de grado III (código V.07.02.26) se implementa de acuerdo con las regulaciones en el párrafo 1 del Artículo 13 de la Circular No. 13/2024/TT-BGDĐT de fecha 30 de octubre de 2024 del Ministro de Educación y Formación.
Según esta regulación, el tiempo de retención del rango de maestro de jardín de infancia código 15.115 anterior y el tiempo de retención del título profesional de maestro de jardín de infancia de grado IV (código V.07.02.06) se calculan como equivalentes para determinar el tiempo de retención del título profesional de maestro de jardín de infancia de grado III.
Para el caso de la Sra. Son Thi Diem, el tiempo de retención del rango de maestra de jardín de infancia código 15.115 a partir de 2014 y el tiempo de retención del título profesional de maestra de jardín de infancia de grado IV (código V.07.02.06) a partir de 2017 se acumulan para calcular el tiempo de retención del título profesional equivalente al grado III. Hasta 2026, este tiempo total ha superado los 3 años.
Por lo tanto, la Sra. Diễm cumple con las condiciones sobre el tiempo de ocupación del título profesional de Maestra de jardín de infancia de grado III o equivalente según lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 3 de la Circular No. 13/2024/TT-BGDĐT de 30 de octubre de 2024 del Ministro de Educación y Formación.