Según la reflexión del estudiante L.M. A (Cao Bang), el Decreto No. 238/2025/ND-CP estipula que los estudiantes en instituciones de educación vocacional, instituciones de educación superior que son minorías étnicas (además del grupo de minorías étnicas muy pequeñas) que ellos mismos y sus padres tienen residencia permanente en aldeas/aldeas especialmente difíciles, comunas de la región III de minorías étnicas y zonas montañosas, comunas especialmente difíciles en zonas costeras, costeras e insulares de acuerdo con las regulaciones de la autoridad competente están sujetos a una reducción del 70% en las tasas de matrícula.

Sin embargo, según la Decisión No. 861/2021/QD-TTg, las comunas de las zonas III y II aprobadas en esta Decisión, si son reconocidas como que cumplen con los nuevos estándares rurales, se determinarán como comunas de la zona I y dejarán de disfrutar de las políticas aplicadas a las comunas de las zonas III y II a partir de la fecha en que la Decisión de la autoridad competente reconociendo a una comuna que cumple con los nuevos estándares rurales entre en vigor.
Antes de la fusión de la comuna, la antigua comuna del estudiante M.A pertenecía a la nueva zona rural desde 2021. El estudiante M.A preguntó, según la Decisión No. 861/2021/ND-TTg, ¿es correcto que los estudiantes ya no se beneficien de la política de reducción del 70% de las tasas de matrícula porque la comuna se ha trasladado a la zona I? ¿Serán los estudiantes elegibles para esta política según la Decisión No. 612/2021/QD-UBDT que estipula aldeas (aldeas) especialmente difíciles? Porque según la Decisión No. 612/2021/QD-UBDT, la aldea del estudiante está en la lista de aldeas (aldeas) especialmente difíciles aunque la comuna se haya trasladado a una nueva zona rural.
Sobre este tema, el Ministerio de Educación y Formación dijo que el 29 de enero de 2026, el Ministerio de Asuntos Étnicos y Religiosos emitió la Decisión No. 60/QD-BDTTG sobre la publicación de la lista de aldeas y comunas en áreas de minorías étnicas y zonas montañosas, aldeas especialmente difíciles; comunas de las regiones I, II, III para el período 2026-2030.
Se solicita al estudiante L.M. A y a su familia que revisen la lista de aldeas en circunstancias especialmente difíciles en la Decisión No. 60/QD-BDTTG y la comparen con las regulaciones sobre los sujetos que disfrutan de la política de reducción del 70% de las tasas de matrícula en el párrafo 1 del Artículo 16 del Decreto No. 238/2025/ND-CP, si cumplen con las condiciones, pueden disfrutar de la política.