Cuando las localidades implementan la reorganización y fusión de escuelas, muchas opciones de personal citan el Decreto 154/2025/ND-CP para resolver el régimen para directores, subdirectores, maestros y empleados redundantes.
En los últimos tiempos, muchas localidades como Hanoi, Phu Tho, Ninh Binh, Dong Nai... han citado el párrafo 1 del Artículo 2 del Decreto 154/2025/ND-CP para desarrollar planes para organizar y reasignar personal después de reorganizar las instituciones educativas. Esta es también la base para considerar la resolución del régimen para directores, subdirectores, profesores y empleados redundantes.
De acuerdo con el apartado 1 del artículo 2 del Decreto 154/2025/ND-CP, la política de reducción de personal se aplica a los funcionarios, empleados públicos y funcionarios; funcionarios y empleados públicos a nivel comunal y trabajadores que trabajan bajo contrato se aplican el mismo régimen y política que los funcionarios públicos según lo dispuesto por el Gobierno, si se encuentran en uno de los siguientes casos:
Funcionarios públicos, empleados públicos y trabajadores redundantes debido a la reorganización de la estructura organizativa.
Los funcionarios, empleados públicos y empleados públicos que ocupan cargos de liderazgo y gestión que dejan de ocupar cargos o que son asignados a nuevos cargos tienen salarios o subsidios de cargo más bajos debido a la reorganización de la estructura organizativa, implementan voluntariamente la reducción de personal y son aprobados por la autoridad competente.
Los funcionarios, empleados públicos y funcionarios de liderazgo y gestión dejan de ocupar cargos de acuerdo con los requisitos de reestructuración, mejora de la calidad del equipo o de acuerdo con la decisión de la autoridad competente, tienen el deseo de simplificar y son aprobados por la agencia de gestión.
Personas redundantes debido a la revisión y reorganización del personal de acuerdo con la decisión de la autoridad competente o debido a que las unidades de servicio público organizan el personal para implementar el mecanismo de autonomía.
Personas redundantes debido a la reestructuración según el puesto de trabajo pero que no pueden ser asignadas a otro trabajo o que son asignadas a otro trabajo pero que voluntariamente implementan la racionalización y son aprobadas por la agencia de gestión.
Personas que no cumplen con los estándares de cualificación profesional y habilidades según los requisitos del puesto de trabajo, no tienen un puesto adecuado para ser asignado o no pueden ser recicladas para la estandarización; o que son asignadas a otro trabajo pero se reducen voluntariamente y son aprobadas por la agencia de gestión.
Personas clasificadas por calidad en el nivel de no completar las tareas en el año inmediatamente anterior o año de consideración para la reducción de personal; o clasificadas como completando las tareas pero realizando voluntariamente la reducción de personal y con el consentimiento de la agencia de gestión.
Personas que se ausentan por enfermedad durante largos días de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre seguro social y que implementan voluntariamente la reducción de personal.
Por lo tanto, el párrafo 1 del Artículo 2 del Decreto 154/2025/ND-CP estipula 8 grupos de casos que se consideran para implementar la política de reducción de personal. Esta es una base importante para que las localidades resuelvan el régimen para el equipo de funcionarios de gestión, maestros y personal en el proceso de reorganización y fusión de escuelas.
Sin embargo, estar sujeto a reorganización o verse afectado por la fusión de escuelas no significa necesariamente disfrutar del régimen según el Decreto 154. Los empleados solo pueden ser considerados para la resolución de políticas cuando cumplan plenamente las condiciones y criterios estipulados en el decreto y sean considerados y decididos por la autoridad competente.