La Sra. N.P. A es maestra de primaria, tutora de clase, y también jefa del Comité de Inspección Popular y miembro del Comité del Partido. La Sra. P.A preguntó si el trabajo concurrente de miembro del Comité del Partido puede reducir las cuotas de horas de enseñanza. ¿Cuál es el número máximo de horas que puede reducir según las cuotas de horas de enseñanza para las 3 tareas concurrentes?
Sobre este tema, el Ministerio de Educación y Formación responde de la siguiente manera:
El régimen de trabajo de los profesores de educación general se implementa actualmente de acuerdo con las regulaciones de la Circular No. 05/2025/TT-BGDĐT de fecha 7 de marzo de 2025 del Ministro de Educación y Formación. De acuerdo con las regulaciones de esta Circular, los profesores que realizan tareas de tutoría de clase tienen una reducción de 4 horas de clase en una semana; los profesores que ocupan simultáneamente el cargo de Jefe del Comité de Inspección Popular tienen una reducción de 2 horas de clase en una semana. Al mismo tiempo, cada profesor no puede ocupar simultáneamente más de 2 tareas pertenecientes a los grupos de tareas especificados en los Artículos 9, 10 y 11 de la Circular.
Para los casos en que los profesores son elegidos como miembros del Comité del Partido, la Circular No. 05/2025/TT-BGDĐT no regula el régimen de reducción de las normas de horas de enseñanza o la conversión de horas de enseñanza específicas para este cargo. Por lo tanto, no hay base para aplicar el régimen de reducción de las normas de horas de enseñanza de acuerdo con las regulaciones vigentes para los profesores que ocupan el cargo de miembro del Comité del Partido.
Sin embargo, de acuerdo con las regulaciones en el párrafo 5 del Artículo 3 de la Circular No. 05/2025/TT-BGDĐT, para las tareas que no están reguladas sobre el régimen de reducción de las cuotas de horas de enseñanza o convertidas en horas de enseñanza, el director de la escuela tiene la autoridad para considerar y decidir el número de horas convertidas apropiadamente en función de la complejidad y el volumen de trabajo real de la tarea asignada.
La decisión debe tomarse después de consultar a los Vicerrectores, comités del partido, jefes de grupo y subjefes de grupos profesionales, y al mismo tiempo garantizar el cumplimiento de los principios estipulados en el Artículo 3 de la Circular No. 05/2025/TT-BGDĐT, de acuerdo con las condiciones reales de la escuela y garantizar la equidad en la implementación del régimen de trabajo para los profesores.