Tareas y derechos de los profesores a partir del 10 de mayo de 2026
Circular 15/2026/TT-BGDĐT de fecha 24 de marzo de 2026 sobre los Estatutos de las escuelas primarias, escuelas secundarias inferiores, escuelas secundarias superiores y escuelas secundarias con múltiples niveles educativos emitida por el Ministro de Educación y Formación, vigente a partir del 10 de mayo de 2026.
En consecuencia, las tareas, derechos y obligaciones de los profesores son los siguientes:
En cuanto a las tareas, los profesores realizan tareas correspondientes al puesto de trabajo asignado de acuerdo con las regulaciones del Ministerio de Educación y Formación;
Profesor que trabaja como tutor: Realizar las tareas del profesor de acuerdo con las regulaciones; Desarrollar y organizar la implementación de actividades educativas de la clase para promover el progreso de toda la clase y de cada estudiante; organizar actividades de clase;

Sintetizar comentarios, evaluar a los estudiantes al final del primer semestre y al final del año escolar; guiar a los estudiantes para que voten y propongan recompensas; elaborar una lista de estudiantes que pueden ascender de grado, estudiantes que no pueden ascender de grado, estudiantes que deben entrenar durante las vacaciones de verano; completar el registro de los expedientes académicos para los estudiantes;
Guiar y gestionar a los estudiantes para que participen en actividades experienciales, actividades experienciales de orientación profesional, actividades educativas y de formación de estudiantes organizadas por la escuela; Informar periódica o extraordinariamente sobre la situación de la clase al director.
Además de las tareas, los profesores ejercen los derechos y obligaciones de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Docentes; autoaprendizaje y formación para garantizar el cumplimiento de los requisitos de avance educativo en el contexto de la transformación digital y hacer del inglés la segunda lengua en la escuela de acuerdo con una hoja de ruta adecuada;
Los profesores que trabajan como tutores disfrutan de los siguientes beneficios:
Ser autorizado a asistir a las clases y otras actividades educativas de los alumnos de la clase a cargo de él;
Ser autorizado a asistir a las reuniones del consejo de elogios y del consejo disciplinario al resolver asuntos relacionados con los alumnos de la clase a la que dirige;
Asistir a clases de capacitación y conferencias temáticas sobre el trabajo de tutoría;
Tener derecho a permitir que los estudiantes individuales tengan razones legítimas para ausentarse de la escuela no más de 3 días consecutivos;
Se reducen las cuotas de horas de enseñanza según las regulaciones;
Marco de competencias digitales para profesores a partir del 12 de mayo de 2026
El Ministro de Educación y Formación emitió la Circular 18/2026/TT-BGDĐT de fecha 27 de marzo de 2026 sobre el Marco de Capacidades Digitales para profesores y funcionarios de gestión de instituciones de educación preescolar, general y continua, vigente a partir del 12 de mayo de 2026.
El propósito del Marco de Capacidades Digitales para profesores y funcionarios de gestión de instituciones de educación preescolar, primaria y secundaria y educación continua es el siguiente:
Servir de base para construir programas de capacitación y desarrollo; materiales de estudio, guías para el desarrollo de habilidades digitales para profesores y funcionarios de gestión de instituciones educativas para satisfacer los requisitos de transformación digital en la educación; mejorar la calidad de la educación.
Servir de base para que los profesores y los funcionarios de gestión de las instituciones educativas evalúen y determinen por sí mismos las necesidades de formación que cumplan con los requisitos de capacidad digital. - Garantizar la uniformidad en los requisitos de capacidad digital de los profesores y los funcionarios de gestión de las instituciones educativas.
Modificación de algunas regulaciones sobre clases particulares a partir del 15 de mayo de 2026.
El Ministro de Educación y Formación emitió la Circular 19/2026/TT-BGDĐT el 31 de marzo de 2026 que modifica la Circular 29/2024/TT-BGDĐT que regula las clases particulares y el aprendizaje adicional, vigente a partir del 15 de mayo de 2026.
En consecuencia, la Circular 19/2026/TT-BGDĐT modifica el Artículo 6 de la Circular 29/2024/TT-BGDĐT sobre clases particulares y aprendizaje adicional fuera de la escuela de la siguiente manera:
La Circular estipula que las personas que imparten clases particulares fuera de la escuela deben garantizar buenas cualidades morales; tener la capacidad profesional adecuada para la asignatura en la que imparten clases particulares.
Los profesores que imparten clases en las escuelas, al participar en clases particulares fuera de la escuela, deben garantizar el cumplimiento de las normas de conducta de los profesores de acuerdo con las regulaciones, son responsables de informar al Director sobre la asignatura, el lugar, la forma de clases particulares, la relación con el titular registrado para el negocio de las instalaciones de clases particulares, el tiempo de participación en las clases particulares antes de comenzar y actualizar oportunamente cuando haya cambios en el contenido informado, garantizar la transparencia, prevenir conflictos de intereses en las actividades de clases particulares.