De acuerdo con el Artículo 19 de la Circular 15/2024/TT-NHNN modificada por el Artículo 7 de la Circular 30/2025/TT-NHNN, se estipula lo siguiente:
Artículo 19. Responsabilidades de las organizaciones que prestan servicios de pago
3a. La organización que presta servicios de pago es responsable de verificar y controlar las órdenes de pago legales y válidas, asegurando que se muestren correctamente el número de cuenta de pago, el nombre de la cuenta de pago en el acuerdo de apertura y uso de la cuenta de pago del cliente al realizar la transacción de pago y se muestren completamente en el comprobante de pago.
8. La organización que presta servicios de pago es responsable de aplicar medidas y soluciones para garantizar la verificación y la coherencia correcta de la información de verificación del cliente que ha sido verificada con precisión como emitida por la agencia de policía o a través de la verificación de la cuenta de identificación electrónica de esa persona creada por el Sistema de Identificación y Verificación Electrónica durante la realización de la transacción de pago.
El Artículo 12 de la Circular 30/2025/TT-NHNN sobre los Artículos de Ejecución también especifica claramente el momento de aplicación:
Esta Circular entra en vigor a partir del 18 de noviembre de 2025, salvo lo dispuesto en el apartado 2 de este artículo.
El apartado 5 del artículo 7 de esta Circular entra en vigor a partir del 1 de abril de 2026.
Abolir el párrafo 2 del Artículo 17 de la Circular No. 41/2024/TT-NHNN de fecha 17 de julio de 2024 del Gobernador del Banco Estatal de Vietnam que regula la supervisión e implementación de la supervisión de sistemas de pago importantes, actividades de prestación de servicios de intermediación de pago.
Por lo tanto, la Circular 30/2025/TT-NHNN requiere que los bancos garanticen que el número de cuenta de pago y el nombre de la cuenta de pago se muestren correctamente de acuerdo con el acuerdo de apertura y uso de la cuenta del cliente al realizar transacciones y deben mostrarse completamente en los documentos de pago.
La regulación entra en vigor a partir del 1 de abril de 2026, lo que significa que después de este tiempo, los bancos tendrán que poner fin al servicio que permite a los clientes dar apodos (nicknames) a las cuentas para reemplazar los nombres reales en las tarjetas de identificación/documentos de ciudadanía,... y los números de cuenta originales.
Esta regulación no afecta el número de cuenta, saldo o derecho de uso de la cuenta del cliente. Sin embargo, se recomienda a los usuarios que revisen y actualicen la información de recepción de dinero en las plataformas, socios o aplicaciones relacionadas para evitar interrupciones de transacciones después del 1 de abril de 2026.
Además, la organización que presta servicios de pago es responsable de aplicar medidas y soluciones para garantizar la verificación y la coherencia correcta de la información de verificación del cliente que ha sido verificada con precisión como emitida por la agencia de policía o a través de la verificación de la cuenta de identificación electrónica de esa persona creada por el Sistema de Identificación y Verificación Electrónica durante la realización de la transacción de pago.