A partir del 16 de octubre de 2025 la Circular 98/2025/TT-BQP entra en vigor oficialmente regulando especificamente el nivel de cobertura del seguro medico (BHYT) para los grupos de sujetos dentro del alcance de la gestion del Ministerio de Defensa Nacional. Esta es una base importante para garantizar los derechos de atencion medica para los militares empleados de defensa y familiares.
Segun la Circular 98/2025 las personas que participan en el seguro medico pertenecientes a los apartados 1 y 2; puntos c y d apartado 3; apartado 4 y apartado 5 articulo 2 al realizar examenes y tratamientos medicos de acuerdo con el Articulo 26 y el Articulo 27 de la Ley de Seguro Medico son pagadas por el fondo de seguro medico en el ambito de sus beneficios con los siguientes niveles:
El 100% de los gastos de examen y tratamiento medico dentro del alcance estipulado en el articulo 10 del Decreto 70/2015/ND-CP (modificado y complementado en el apartado 10 del articulo 1 del Decreto 74/2025/ND-CP). Esta regulacion no aplica la tasa y el nivel de pago de acuerdo con los puntos c y d del apartado 2 del articulo 21 de la Ley de Seguro Medico para los sujetos estipulados en los puntos a y b del apartado 3 del articulo 2 de la Circular 98/2025.
El 80% de los gastos dentro del alcance de los beneficios para los sujetos restantes estipulados en el Articulo 2 de la Circular 98/2025 excluyendo los casos relacionados con el punto a parrafo 1 del Articulo 10 de la Circular.
Ademas los pacientes reciben un 100% del costo si el costo de un examen y tratamiento medico es inferior al 15% del salario base. Para las personas con un periodo de participacion en el seguro medico de 5 años consecutivos o mas los beneficios se aplican de acuerdo con el Articulo 18 del Decreto 188/2025.
En el caso de que una persona participe en el seguro medico y tambien pertenezca a varios ambitos de cobertura o necesite cambiar el nivel de cobertura la resolucion se llevara a cabo de acuerdo con el Articulo 21 del Decreto 188/2025 para garantizar los maximos beneficios.
Se espera que la Circular 98/2025/TT-BQP cree un marco legal claro y transparente contribuyendo a mejorar la calidad de la atencion medica para los sujetos de las fuerzas armadas asegurando el pago completo y oportuno de los costos de examen y tratamiento medico.