El 16 de junio, el Ministerio de Defensa emitió la Circular No. 74/2026/TT-BQP que guía la implementación del salario base para los sujetos que reciben salarios o subsidios de rango militar, gastos de manutención del presupuesto estatal en las agencias y unidades dependientes del Ministerio de Defensa.
Los sujetos de aplicación incluyen:
1. Oficiales, militares profesionales, trabajadores de defensa, funcionarios de defensa y funcionarios de defensa.
2. Personas que realizan trabajos de criptografía que no son militares, policía popular; personas que realizan otros trabajos en organizaciones de criptografía.
3. Suboficiales, soldados, estudiantes de cifra digital que reciben subsidios o gastos de manutención.
4. Personas que trabajan bajo el régimen de contrato laboral clasificado según el Decreto No. 204/2004/ND-CP de fecha 14 de diciembre de 2004 del Gobierno sobre el régimen salarial para funcionarios, empleados públicos y fuerzas armadas (en adelante abreviado como Decreto No. 204/2004/ND-CP).
En la Circular, el Ministerio de Defensa Nacional guía cómo calcular el salario, las asignaciones por rango militar y las asignaciones y subsidios de los sujetos especificados anteriormente.
Salario base:

Nivel de subsidio de rango militar para suboficiales, soldados y estudiantes de criptografía:

Nivel de subsidio calculado por coeficiente:

Específicamente para las asignaciones regionales de suboficiales, soldados y estudiantes de cifra:

Nivel de subsidio calculado en porcentaje


Para suboficiales, soldados y estudiantes de cifra:

Nivel de subsidio calculado según el salario base:

Los niveles salariales, subsidios y asignaciones de oficiales, personas que reciben salarios de rango de criptografía, militares profesionales, personas que reciben salarios profesionales técnicos de criptografía, trabajadores de defensa nacional, suboficiales, soldados y estudiantes de criptografía se especifican en las Tablas del Anexo I adjunto a esta Circular.
Las asignaciones y subsidios están regulados por un nivel monetario específico, manteniéndose sin cambios de acuerdo con las regulaciones vigentes.
Esta Circular entra en vigor a partir del 1 de julio de 2026; La Circular No. 38/2024/TT-BQP de fecha 15 de julio de 2024 del Ministro de Defensa Nacional que guía la implementación del salario base para los sujetos que reciben salarios o subsidios de rango militar, gastos de manutención del presupuesto estatal en las agencias y unidades dependientes del Ministerio de Defensa Nacional expira a partir de la fecha en que esta Circular entre en vigor.
En caso de que los documentos normativos legales que se citan en esta Circular sean enmendados, complementados o reemplazados, se implementarán de acuerdo con el documento que ha sido enmendado y complementado; documento enmendado, complementado o reemplazado correspondientemente.