El 4 de junio, el Ministro de Defensa emitió la Decisión No. 2863/QD-BQP anunciando 3 procedimientos administrativos que fueron modificados y complementados y 2 procedimientos administrativos que fueron abolidos en el campo de la criptografía civil dentro del ámbito de la función de gestión del Ministerio de Defensa.
En consecuencia, los 3 procedimientos administrativos que se modifican y complementan incluyen: Procedimiento para emitir nuevas licencias comerciales para productos y servicios de criptografía civil; Procedimiento para modificar y complementar las licencias comerciales para productos y servicios de criptografía civil; Procedimiento para emitir licencias de exportación e importación de productos de criptografía civil.
Los 2 procedimientos administrativos abolidos incluyen: Procedimiento para reemitir la Licencia de Negocio de Productos y Servicios Cibernéticos Civiles; Procedimiento para renovar la Licencia de Negocio de Productos y Servicios Cibernéticos Civiles
Los procedimientos administrativos modificados, complementados y los procedimientos administrativos abolidos en esta Decisión reemplazan los procedimientos administrativos correspondientes que se anunciaron en la Decisión No. 2505/QD-BQP de fecha 15 de mayo de 2026 del Ministerio de Defensa.
El procedimiento para emitir nuevas licencias comerciales para productos y servicios criptográficos civiles se lleva a cabo en 3 pasos.
Paso 1, las empresas realizan los trámites para emitir nuevas licencias comerciales para productos y servicios de códigos secretos civiles y presentan los expedientes directamente, a través de servicios postales o servicios públicos en línea al Sistema de Información para la Resolución de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Defensa Nacional, Portal Nacional de Servicios Públicos. Los expedientes presentados en línea deben firmarse digitalmente de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre firma digital.
Paso 2, dentro de los 2 días hábiles siguientes a la recepción del expediente, el Comité Gubernamental de Criptografía verificará la validez del expediente; en caso de que el expediente no sea válido, notificará por escrito a la empresa sobre el contenido que necesita ser modificado y complementado.
En un plazo de 5 días hábiles a partir de la fecha de recepción del documento de notificación, la empresa es responsable de completar el expediente. En caso de que la modificación o complementación del expediente aún no cumpla con los contenidos de la notificación o se exceda el plazo para completar el expediente, en un plazo de 3 días hábiles, el Comité Gubernamental de Criptografía notificará por escrito a la empresa el motivo de la no expedición de la licencia.
Paso 3, a partir de la fecha de recepción de todos los documentos válidos, el Comité de Criptografía del Gobierno evaluará y emitirá una nueva Licencia de Negocio de Productos y Servicios Cibernéticos Civiles dentro de los 12 días hábiles.
En caso de rechazo de la concesión de licencias, el Comité de Criptografía del Gobierno notificará por escrito y indicará claramente el motivo. La licencia comercial para productos y servicios de cifrado civil se implementa de acuerdo con el modelo No. 06 Apéndice I.1 Resolución No. 24/2026/NQ-CP de fecha 29 de abril de 2026 del Gobierno sobre la reducción, descentralización y simplificación de los procedimientos administrativos y las condiciones comerciales en los campos de defensa, asuntos internos, finanzas, construcción, diplomacia, justicia y banca.
Las empresas pueden realizar los trámites de forma directa, a través de servicios postales o en línea.