La Oficina de Asesoramiento Jurídico del periódico Lao Dong responde:
El artículo 13 del Decreto 64/2026/ND-CP que detalla algunos artículos y medidas para implementar la Ley de Recuperación y Quiebra sobre la implementación de decisiones de declaración de empresas y cooperativas en quiebra (vigente a partir del 1 de marzo de 2026), estipula la valoración de activos de la siguiente manera:
1. En un plazo de 10 días a partir de la fecha de recepción del documento solicitando la organización de la ejecución de la decisión de declaración de quiebra del Ejecutor, el Administrador de Activos, la empresa de gestión, liquidación de activos selecciona y firma un contrato de servicio con la empresa de tasación para valorar los activos; para los activos que el Ejecutor emite una decisión de embargo, el plazo es de 05 días hábiles a partir de la fecha de finalización del embargo de activos.
La selección y firma de contratos de servicios con empresas de tasación se lleva a cabo de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre ejecución de sentencias civiles.
2. En un plazo de 03 días hábiles a partir de la fecha de recepción del documento solicitando la organización de la ejecución de la decisión de declaración de quiebra del Ejecutor, el administrador concursal, la empresa que gestiona y liquida los activos debe determinar el precio de los activos estipulados en el apartado 3 del artículo 77 de la Ley de Recuperación y Quiebra. En caso de necesidad, el administrador concursal, la empresa que gestiona y liquida los activos contrata a una empresa para que evalúe los precios para asesorar o consultar la opinión de la agencia especializada relacionada con los activos y determinar el precio de los activos dentro de los 15 días siguientes a la fecha de recepción del documento solicitando la organización de la ejecución de la decisión de declaración de quiebra del Ejecutor.
3. En el caso de que el Juez decida que la venta de activos de la empresa, cooperativa insolvible después de iniciar el procedimiento de quiebra para garantizar los costos de quiebra de acuerdo con las regulaciones en el párrafo 5 del Artículo 20 de la Ley de Recuperación y Quiebra, pero no se pueda vender después de que el Juez emita una decisión de declarar la quiebra, el administrador concursal, la empresa que administra y liquida los activos organiza la venta de activos de acuerdo con las regulaciones en el Artículo 15 de este Decreto al precio de venta inmediatamente anterior a la decisión de declarar la quiebra. En el caso de que el certificado de tasación haya expirado antes de la venta de activos, el administrador concursal, la empresa que administra y liquida los activos lleva a cabo la tasación de activos de acuerdo con las regulaciones en los párrafos 1 y 2 de este Artículo.
4. En un plazo de 05 días hábiles a partir de la fecha en que haya una base para determinar que los bienes valorados no tienen valor, no se pueden vender de acuerdo con las regulaciones en el párrafo 6 del Artículo 77 de la Ley de Recuperación y Quiebra, el administrador concursal propone al Juez que determine que esos bienes ya no son bienes de empresas, cooperativas declaradas en quiebra. El documento del Juez es la base para que la agencia de ejecución de sentencias civiles emita una decisión para enmendar y complementar la decisión sobre la ejecución de la sentencia y solicite al administrador concursal que organice la ejecución.
Por lo tanto, a partir del 1 de marzo de 2026, la valoración de los activos al ejecutar la decisión de declarar la quiebra de la empresa se llevará a cabo de la manera anterior.
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