La abogada Ho Thu Trang, de la firma de abogados YouMe, responde:
El artículo 43 del Decreto No. 46/2026/ND-CP que detalla la implementación de algunos artículos y medidas para organizar y guiar la implementación de la Ley de Seguridad Alimentaria (vigente a partir del 16 de abril de 2026) estipula la implementación del rastreo de origen para productos que no son seguros de la siguiente manera:
1. Las organizaciones e individuos que producen y comercializan productos deben establecer y almacenar regularmente información completa relacionada con los productos, las materias primas, los productos semiacabados, las instalaciones de producción, las instalaciones de suministro de materias primas, las instalaciones de suministro, distribución y comercialización de productos y los clientes en caso de que los clientes hayan comprado ese producto a través de contratos, libros de registro u otros métodos durante todo el proceso de producción, procesamiento, conservación, transporte, exportación, importación y comercialización para servir a la trazabilidad, almacenada en forma de base de datos y conectada al sistema de bases de datos de las agencias estatales competentes. La información para la trazabilidad incluye:
a) Información sobre las actividades de producción y negocio de las instalaciones de producción y negocio de alimentos;
b) Información sobre el producto que incluye el nombre, la imagen, la marca, la etiqueta, el código de símbolo, el número de serie del producto, el tipo, la cantidad, el peso, el número de lote, el número de lote del producto, la fecha de caducidad, el embalaje, los aditivos, las normas y reglamentos aplicados, la información sobre las materias primas, los productos semiacabados, las certificaciones de inspección, la hora, el lugar de producción, el negocio del producto y otra información relacionada;
c) Información sobre organizaciones e individuos que proporcionan, distribuyen, comercializan productos y clientes (si los hay).
2. El Ministro de Salud, el Ministro de Agricultura y Medio Ambiente, el Ministro de Industria y Comercio regulan el rastreo del origen de los productos alimenticios pertenecientes al campo asignado para la gestión y la hoja de ruta de aplicación.
Por lo tanto, a partir del 16 de abril de 2026, las organizaciones e individuos que producen y comercializan alimentos deben establecer y almacenar regularmente toda la información mencionada anteriormente para servir al rastreo del origen de los alimentos en los casos necesarios.
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La columna se realizó con el apoyo de YouMe Law Company Limited.