El Gobierno promulgo el Decreto No. 226/2025/ND-CP que modifica y complementa algunos articulos de los Decretos que regulan detalladamente la aplicacion de la Ley de Tierras de fecha 15 de agosto.
El articulo 2 de este Decreto regula la enmienda y complementacion de algunos articulos del Decreto No. 88/2024/ND-CP de 15 de julio de 2024 del Gobierno que regula la compensacion apoyo y reasentamiento cuando el Estado recupera tierras. Algunos puntos notables son los siguientes:
Agregar el Articulo 7a despues del Articulo 7 de la siguiente manera:
Tratar el caso de que haya una decision de recuperacion de tierras para llevar a cabo un proyecto que tenga cambios en la planificacion los limites y la direccion de la ruta.
Durante el tiempo de construccion cuando se ha emitido una decision de recuperacion de tierras de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Tierras para una parcela de tierra o una parte del area de la parcela de tierra pero hay cambios en la planificacion los limites y la direccion por lo que solo se utiliza una parte del area de tierra recuperada para construir proyectos e instalaciones y el corredor de proteccion de la seguridad del proyecto e instalacion entonces el presidente del comite popular de la comuna decide ajustar la decision de recuperacion de tierras la decision de aprobar un plan de compensacion apoyo y reasentamiento para que se ajuste a la
Agregar el Articulo 14a despues del Articulo 14 de la siguiente manera:
Compensacion por cultivos y animales.
En el caso de que la compensacion para arboles de larga vida sea un tipo de cosecha multiple estipulado en el apartado 2 del articulo 103 de la Ley de Tierras pero no se pueda determinar la cantidad de arboles que aun no se han cosechado correspondiente al numero de años restantes en el ciclo de cosecha la compensacion se calcula en funcion del valor real de los daños del jardin.
En el caso de que el Comite Popular Provincial considere emitir un precio unico de compensacion por daños a los cultivos y animales estipulado en el apartado 6 del articulo 103 de la Ley de Tierras pero no haya un proceso de produccion de cultivos y animales emitido por la autoridad competente se basa en la situacion real de la localidad para emitirlo.
Agregar el punto d al apartado 1 del articulo 19 de la siguiente manera:
El numero de personas en el hogar que reciben apoyo en esta seccion son personas con derechos de uso comun de la tierra en el momento de la aprobacion del plan de compensacion apoyo y reasentamiento y el numero de miembros del hogar que surgen despues del momento de la asignacion de tierras agricolas a ese hogar (si lo hay); la determinacion del numero de personas con derechos de uso comun de la tierra es autodeterminada por los miembros del hogar y asume la responsabilidad ante la ley.
Adicion de la clausula 5 al articulo 22 de la siguiente manera:
Los hogares las familias y los particulares que producen directamente la agricultura reciben apoyo para la formacion la conversion profesional y la busqueda de empleo segun lo dispuesto en el punto a parrafo 1 Articulo 109 de la Ley de Tierras incluidos los casos que cumplen las condiciones para obtener un Certificado de Derecho de Uso de la Tierra y los derechos de propiedad de los bienes relacionados con la tierra.
Agregar los apartados 5 y 6 al Articulo 24 de la siguiente manera:
Los hogares y las personas cuando el Estado recupera terrenos vinculados a viviendas deben trasladar sus residencias si no cumplen las condiciones para ser compensados por la tierra residencial si no hay otro lugar de residencia en el area a nivel comunal donde se recupera la tierra residencial el Estado les asignara terrenos residenciales con tasas de uso de la tierra o vender vender alquilar alquilar comprar viviendas.
Los lugares de reasentamiento se seleccionan en el siguiente orden prioritario:
En el area de la unidad administrativa a nivel de comuna donde se recupera la tierra.
En el area de otra unidad administrativa de nivel comunal con condiciones equivalentes en el caso de que en el area de la unidad administrativa de nivel comunal donde se recupera la tierra no haya tierra para el reasentamiento.
Priorizar la seleccion de terrenos con una ubicacion favorable para formar un area de reasentamiento.
Modificacion y adicion de la clausula 2 y la clausula 7 del articulo 27 de la siguiente manera:
La autoridad competente aprueba el plan de compensacion apoyo y reasentamiento la decision de aprobar los costos para garantizar la organizacion de la implementacion de la compensacion apoyo y reasentamiento la confiscacion forzosa el conteo forzoso y la recuperacion forzosa de tierras.