El Ministerio del Interior está redactando un Decreto que ajusta las pensiones, las prestaciones del seguro social y las prestaciones mensuales. Se espera que el Decreto entre en vigor el 1 de julio de 2026.
El artículo 3 estipula la fuente de financiación para la implementación del ajuste de pensiones, subsidios de seguro social y subsidios mensuales aplicables a los sujetos especificados de la siguiente manera:
El presupuesto estatal garantiza para los siguientes sujetos: Disfrutar del régimen de seguro social antes del 1 de enero de 1995.
Recibir subsidios mensuales de acuerdo con la Decisión No. 91/2000/QD-TTg de fecha 4 de agosto de 2000 del Primer Ministro sobre subsidios para personas que han superado la edad laboral en el momento de la suspensión de los subsidios mensuales por incapacidad laboral, Decisión No. 613/QD-TTg de fecha 6 de mayo de 2010 del Primer Ministro sobre subsidios mensuales para personas que tienen de 15 a menos de 20 años de trabajo real que han superado el plazo para recibir subsidios por incapacidad laboral y los sujetos especificados en los puntos d, đ, e y g del apartado 1 del artículo 1 de este Decreto.
Recibir una pensión de jubilación de acuerdo con el Decreto No. 159/2006/ND-CP de 28 de diciembre de 2006 del Gobierno sobre la implementación del régimen de pensión de jubilación para militares que participaron directamente en la resistencia contra Estados Unidos para salvar el país desde el 30 de abril de 1975 o antes con 20 años o más de servicio en el ejército que han sido desmovilizados, dados de baja, Decreto No. 11/2011/ND-CP de 30 de enero de 2011 del Gobierno que modifica y complementa algunos artículos del Decreto No. 159/2006/ND-CP de 28 de diciembre de 2006 del Gobierno sobre la implementación del régimen de pensión de jubilación para militares que participaron directamente en la resistencia contra Estados Unidos para salvar el país desde el 30 de abril de 1975 o antes con 20 años o más de servicio en el ejército que han sido desmovilizados, dados de baja y Decreto No. 23/2012/ND-CP de 3 de abril de 2012 del Gobierno que regula algunos regímenes para sujetos que participaron en la guerra para proteger la Patria, realizaron tareas internacionales en Camboya, ayudaron a Laos después del 30 de abril de 1975 con 20 años o más de servicio en
La segunda fuente de financiación es el fondo de seguro social garantizado para los sujetos que disfrutan del régimen de seguro social a partir del 1 de enero de 1995 en adelante, incluidos los sujetos que reciben pensiones y subsidios mensuales de acuerdo con:
El Decreto No. 33/2023/ND-CP de fecha 10 de junio de 2023 regula a los funcionarios y empleados públicos a nivel comunal y a las personas que trabajan a tiempo parcial a nivel comunal, en aldeas y grupos residenciales.
Decreto No. 34/2019/ND-CP de fecha 24 de abril de 2019 del Gobierno que modifica y complementa una serie de regulaciones sobre funcionarios y empleados públicos a nivel comunal y personas que trabajan a tiempo parcial a nivel comunal, en aldeas y grupos residenciales.
Decreto No. 92/2009/ND-CP de 22 de octubre de 2009 del Gobierno sobre títulos, número, algunos regímenes y políticas para funcionarios y empleados públicos en comunas, barrios, pueblos y personas que trabajan a tiempo parcial a nivel comunal.
Decreto No. 121/2003/ND-CP de 21 de octubre de 2003 del Gobierno sobre regímenes y políticas para funcionarios y empleados públicos en comunas, barrios y pueblos y Decreto No. 09/1998/ND-CP de 23 de enero de 1998 del Gobierno que modifica y complementa el Decreto 6 del Decreto 50/CP de 26 de julio de 1995 del Gobierno sobre el régimen de gastos de manutención para funcionarios de comunas, barrios y pueblos,
Según el comité de redacción, esta regulación hereda las regulaciones actuales, sin ajustes en comparación con el Decreto No. 75/2024/ND-CP.