El Ministerio de Finanzas presenta un proyecto de Decreto que regula los niveles de recaudacion los regimenes de recaudacion pago exencion gestion y uso de las tarifas de uso de carreteras cobradas a traves de los conductores de vehiculos.

El grafico de niveles especificos es el siguiente:


El nivel de recaudacion del primer mes del segundo año (del mes 13 al mes 24 a partir de la inspeccion y el pago de la tarifa) es igual al 92% del nivel de tarifa del primer mes en el Tabla anterior.
El nivel de recaudacion del primer mes del tercer año (del mes 25 al mes 36 a partir de la inspeccion y el pago de la tarifa) es igual al 85% del nivel de tarifa del primer mes en el Tabla anterior.
El tiempo de calculo de la tarifa segun el Tabla anterior se calcula desde el momento de la inspeccion del vehiculo sin incluir el tiempo del ciclo de inspeccion anterior. En el caso de que el propietario del vehiculo no haya pagado la tarifa del ciclo anterior debe pagar la tarifa adicional del ciclo anterior. La cantidad a pagar = Tarifa de 01 mes x Numero de meses a pagar del ciclo anterior.
El volumen total es: El volumen total permite la participacion en el trafico registrado en el Certificado de Inspeccion del Vehiculo.
- El propietario del vehiculo es responsable de proporcionar al centro de inspeccion la insignia (en vigor) que demuestre que es un autobus de transporte publico de pasajeros o documentos relacionados que demuestre que es un autobus de transporte escolar para estudiantes estudiantes y trabajadores y que se beneficie de la politica de subsidios.