Enviando preguntas al Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente, el ciudadano pregunta:
Debido a la falta de conocimiento de la ley, construí una obra en una parcela de tierra plantada con árboles perennes antes de 2014. Actualmente, tengo la necesidad de cambiar el propósito del uso a tierra residencial. Sin embargo, el Comité Popular de la comuna respondió que este caso no puede llevar a cabo la conversión, obligando a demoler la obra, y al mismo tiempo no aplicar sanciones administrativas y resolver el cambio de propósito del uso de la tierra de acuerdo con el Artículo 139 de la Ley de Tierras y el Decreto 101/2024/ND-CP con el argumento de que el Comité Popular de la comuna no tiene suficiente autoridad y la provincia no lo permite.
Me gustaría preguntar, ¿es correcta esta respuesta según las regulaciones legales? En este caso, ¿pueden las regulaciones locales ser diferentes o contrarias a las regulaciones de la Ley de Tierras y los decretos vigentes?
Respondiendo a este contenido, el Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente dijo:
- El contenido de la pregunta del ciudadano no especifica si el área de tierra que se construyó antes de 2014 en tierra para cultivos perennes (CLN) ha sido asignada por el Estado, arrendada tierra, emitida un certificado de derecho de uso de la tierra o no, por lo que el Ministerio no tiene base para una respuesta específica.
En el caso de que construya una casa antes del 1 de julio de 2014 en el área de tierra para cultivos perennes (CLN) para el área de tierra asignada por el estado, arrendamiento de tierra, emisión de Certificados de Derecho de Uso de la Tierra, entonces pertenece al caso de uso de la tierra con violaciones de la ley de tierras (actos de uso de la tierra para fines incorrectos), entonces será sancionado administrativamente y no se aplicará la medida de obligar a restaurar el estado original de la tierra antes de la violación.
- Sobre la autoridad para emitir permisos para cambiar el propósito del uso de la tierra, emitir Certificados de Derecho de Uso de la Tierra se estipula en los párrafos 1 y 2 del Artículo 14 del Decreto No. 49/2026/ND-CP de 31 de enero de 2026 del Gobierno.
Se solicita a los ciudadanos que estudien las regulaciones anteriores para implementarlas de acuerdo con las regulaciones de la ley.