El Sr. L.T.T pregunto que el Decreto No. 103/2024/ND-CP y el borrador de enmienda y complementacion de este Decreto todavia tienen muchas deficiencias en la forma de expresarse las palabras lo que dificulta la comprension en muchos significados diferentes.
Esta situacion puede causar dificultades en el proceso de realizacion de tramites administrativos lo que obliga a las personas a utilizar servicios intermediarios al resolver expedientes.
Segun el Sr. T consultando el borrador de enmienda 2 del Decreto No. 103/2024/ND-CP en el que se propone enmendar el apartado 1 del articulo 17 con el siguiente contenido: 'Los hogares y las personas pertenecientes a los sujetos exentos o reducidos de la tasa de uso de la tierra de acuerdo con las regulaciones del Articulo 18 y el Articulo 19 de este Decreto solo pueden eximir o reducir una vez la tasa de uso de la tierra para el area de la tierra dentro del limite de la asignacion de tierra residencial cuando
El Sr. T dijo que el contenido anterior aun no esta claro especialmente el concepto de 'nivel maximo al transferir el proposito del uso de la tierra'.
Actualmente la ley no tiene regulaciones especificas sobre los limites al transferir el proposito del uso de la tierra por lo que esta forma de expresion es incomprensible no solo para los ciudadanos sino tambien para los funcionarios de aplicacion.
Por lo tanto solicito a las autoridades competentes que aclaren pronto el contenido anterior para garantizar la unidad en la aplicacion y evitar que surjan problemas en la practica.
Sobre este tema el Ministerio de Finanzas tiene la siguiente opinion:
Sobre la base de las opiniones de los ministerios ramas localidades y sujetos relacionados el Ministerio de Finanzas ha presentado al Gobierno para que promulgue el Decreto No. 291/2025/ND-CP de 6 de noviembre de 2025 del Gobierno que modifica y complementa algunos articulos del Decreto No. 103/2024/ND-CP de 30 de julio de 2024 del Gobierno que regula el pago del uso de la tierra y el alquiler de la tierra y el Decreto No. 104/2024/ND-CP de 31 de julio de 2024 del Gobierno que regula el Fondo de Desarrollo de la Tierra; entre ellos
Con respecto a la Circular No. 80/2021/TT-BTC actualmente el Ministerio de Finanzas esta elaborando una Circular para modificar y complementar la Circular No. 80/2021/TT-BTC.
Segun la Ley de Tierras de 2024 y los documentos que regulan detalladamente la aplicacion solo hay regulaciones sobre el limite de asignacion de tierras el limite de reconocimiento de derechos de uso de la tierra; no hay regulaciones sobre el 'limite al cambiar el proposito del uso de la tierra'.