El Sr. T.B.D.T en Quang Ngai informo que recibio un certificado de propiedad de 500 m2 en 1999. Entre ellos 300 m2 de terreno residencial y 200 m2 de terreno jardin.
En 2023 cambio el libro de registro (cambio la informacion del Documento de Identidad a la Tarjeta de Identidad de Ciudadano la direccion de la parcela de tierra...).
El Sr. T pregunta: ahora ¿puede llevar el libro rojo a la comuna para realizar los tramites para redefinir el area de tierra residencial (esta tierra esta registrada segun la Directiva 299/TTg es de 500 m2 de tierra con la letra 'T')?
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural responde a este problema de la siguiente manera:
El contenido de su queja es que el caso especifico pertenece a la competencia de la localidad y debe basarse en los expedientes de archivo las regulaciones especificas que la localidad ha emitido de acuerdo con su autoridad para aplicar la Ley de Tierras para su consideracion y resolucion; por lo tanto el Ministerio no tiene base para responder.
El Ministerio solicita señalar algunos principios de la siguiente manera:
La redefinicion del area de tierra residencial se lleva a cabo de acuerdo con las disposiciones del apartado 6 del articulo 141 de la Ley de Tierras de la siguiente manera:
La determinacion de la superficie de tierra residencial de los hogares y particulares en el caso de parcelas de tierra residencial con jardines estanques y tierras residenciales que hayan sido certificadas antes del 1 de julio de 2004 cuando los usuarios de la tierra lo necesiten o cuando el Estado recupere la tierra se lleva a cabo de la siguiente manera:
El area de tierra residencial se redefinira de acuerdo con las disposiciones de los apartados 1 y 2 de este articulo si en el momento de la emision del Certificado anterior hubo uno de los tipos de documentos estipulados en los apartados 1 2 3 5 6 y 7 del articulo 137 de esta Ley que no cumplian con las disposiciones del apartado 4 del articulo 137 de esta Ley; los usuarios de la tierra no tienen que pagar el alquiler de la tierra para el area redefinida como tierra residencial.
En el caso de que el usuario de la tierra haya transferido el derecho de uso de la tierra una parte del area de tierra residencial de la parcela de tierra o el Estado haya recuperado una parte del area de tierra residencial de la parcela de tierra cuando se vuelva a determinar el area de tierra residencial debe restar la parte del area de tierra residencial que se haya transferido el derecho de uso de la tierra o recuperado.
La superficie de tierra del receptor que transfiere los derechos de uso de la tierra de acuerdo con las disposiciones de la ley o la superficie de tierra que el Estado ha recuperado no se puede redefinir de acuerdo con las disposiciones del punto a de esta disposicion'.