En el Portal de Informacion del Gobierno el Sr. T.D.K de Hanoi informo que en años anteriores a 2004 en el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra se registraba: El proposito del uso 'T' el plazo de uso a largo plazo.
Hay muchas formas diferentes de entender la palabra 'T'. Por ejemplo en el mismo area de 200 m2 hay un libro rojo que muestra 200 m2 de tierra el proposito de uso 'T' (general) no especifica cuantos m2 de tierra residencial que otros m2 de tierra o tierra de jardin y estanque por lo que algunas opiniones sugieren que solo una parte de la superficie es tierra residencial.
Sin embargo hay un libro rojo que registra 100 m2 de proposito de uso 'T' 100 m2 de jardin; entonces ¿son los 100 m2 de proposito de uso 'T' anteriores tierra residencial o otra tierra?
El Sr. K propuso que las agencias funcionales deberian tener instrucciones especificas por escrito para unificar la forma de emitir y cambiar el libro rojo para la poblacion de todo el pais: 'El proposito del uso del 'T' es la tierra residencial'.
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural responde a este problema de la siguiente manera:
El 28 de octubre de 1989 la Direccion General de Gestion de Tierras emitio la Circular No. 302 TT/DKTK que guia la aplicacion de la decision sobre la emision de Certificados de Derechos de Uso de la Tierra.
En consecuencia el tipo de tierra con el simbolo 'T' se identifica como 'Tierra area residencial'.
El 27 de julio de 1995 la Direccion General de Geofisica emitio la Decision No. 499-QD/DC emitiendo regulaciones sobre modelos de libros para el registro de tierras la emision de Certificados de Derechos de Uso de la Tierra y la elaboracion de expedientes geofisicos.
La escritura del Certificado en esta etapa todavia se lleva a cabo de acuerdo con la Circular No. 302 TT/DKTK.
En consecuencia el proposito del uso de la tierra en el Certificado se determina segun el Libro Geografico; tipo de tierra con el 'objetivo de vivienda' escrito en la letra 'T'.
El 16 de marzo de 1998 la Direccion General de Geofisica emitio la Circular No. 346/1998/TT-TCDC que guia los procedimientos de registro de tierras la elaboracion de expedientes geofisicos y la emision de certificados de derechos de uso de la tierra.
Segun el Capitulo I Parte III de la Circular No. 346/1998/TT-TCDC el 'Objetivo de uso' escrito en el Certificado: Significa con el simbolo de la convencion para cada tipo de proposito de uso de la tierra unificado como se especifica en la ultima pagina del Libro Geografico emitido de acuerdo con la Decision 499 QD/DC de fecha 27 de julio de 1995 de la Direccion General de Geografia.
Tipo de tierra con el 'objetivo de residencia' marcado con la letra 'T'.
La determinacion del area de tierra residencial en el periodo de implementacion de la Decision No. 499-QD/DC y la Circular No. 346/1998/TT-TCDC debe garantizar la conformidad con las disposiciones del Articulo 54 de la Ley de Tierras de 1993.
Por lo tanto la expresion del tipo de tierra con el simbolo 'T' en la fase de implementacion de la Circular No. 302 TT/DKTK es conforme a las disposiciones de la ley; para el Certificado emitido en la fase de implementacion de la Decision No. 499-QD/DC hasta antes del 1 de diciembre de 2004 que muestra el tipo de tierra con el simbolo 'T' se determina como 'con fines de vivienda' pero debe garantizar el nivel de tierra que cada hogar en las zonas rurales puede utilizar para vivir determinado por el Comite Popular Provincial sobre la base