La Sra. T.T.T.H en Hung Yen informo que tiene una parcela de tierra que la empresa liquido fuera de su autoridad. La parcela de tierra fue recomprada por ella a una persona que la empresa liquido anteriormente.
Actualmente, la Sra. H solo conserva una fotocopia de una copia certificada de los documentos de compraventa de la casa (con la confirmacion de la empresa) y una fotocopia del recibo de pago. Sin embargo, la agencia de resolucion de expedientes no acepta el valor legal de estos documentos para confirmar el origen de la tierra para ella.
La Sra. H pregunto si los documentos mencionados anteriormente son legalmente validos para confirmar el origen de la tierra o no? En caso de que no sean validos para confirmar el origen de la tierra, ¿puede realizar los tramites de registro de la tierra, emitir un certificado inicial para la parcela de tierra en caso de no tener documentos sobre los derechos de uso de la tierra o no? Todavia tiene recibos de impuestos desde 1998.
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente responde a esta pregunta de la siguiente manera:
Debido a que el contenido de su denuncia es un caso especifico bajo la jurisdiccion de la localidad, basado en el expediente de gestion y los documentos de orientacion para la implementacion de la Ley de Tierras que han sido promulgados, el Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente no tiene base para responder detalladamente.
El Ministerio desea mencionar algunas regulaciones sobre los principios de la siguiente manera:
El Articulo 140 de la Ley de Tierras de 2024 ha estipulado la emision de certificados de derechos de uso de la tierra, derechos de propiedad de bienes inmuebles adjuntos a la tierra para hogares e individuos que utilizan la tierra con origen debido a la asignacion incorrecta de autoridad.
El orden y los procedimientos para llevar a cabo el registro de la tierra, la emision de certificados iniciales para hogares e individuos que utilizan la tierra se llevan a cabo de acuerdo con las regulaciones en el punto II y el punto V del contenido C parte V del Anexo 01 adjunto al Decreto No. 151/2025/ND-CP de 12 de junio de 2025 del Gobierno.
En consecuencia, en el punto b2 del apartado 3 del articulo II se han estipulado los documentos para determinar el momento del uso de la tierra y el proposito del uso de la tierra. En caso de que los documentos que presento no esten sujetos a lo dispuesto en el articulo 140, se consideraran para su resolucion de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 138 o el articulo 139 de la Ley de Tierras.
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente solicita a los ciudadanos que se pongan en contacto con las autoridades competentes locales para obtener orientacion y soluciones especificas.