Los ciudadanos envian preguntas al Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente con el siguiente contenido:
Actualmente, la emision de certificados de derecho de uso de la tierra por primera vez en muchas comunas y barrios enfrenta obstaculos debido a los expedientes de medicion. En los casos en que ya existe un mapa catastral pero el estado actual es diferente al del mapa, es necesario realizar la medicion y rectificacion catastral.
El ciudadano pregunta: ¿Pueden los usuarios de la tierra alquilar una unidad que cumpla con las condiciones o la Oficina de Registro de la Tierra para medir, elaborar un Certificado de modificacion catastral primero y luego presentar un expediente para la emision del Certificado de Derecho de Uso de la Tierra?
Segun el Decreto 151, el expediente se presenta primero en la comuna, barrio; cuando se detecta otro error, el Comite Popular de la comuna solicita la medicion dentro de los 5 dias, pero la regulacion solo menciona la extraccion de la medicion catastral, no esta claro si la medicion se ajusta.
Los ciudadanos creen que la aplicacion real no es uniforme, algunos lugares reciben expedientes y luego solicitan la rectificacion, otros requieren completar la medicion y rectificacion, ser aprobados por la Oficina de Registro de la Propiedad y luego recibir expedientes.
Respondiendo a este contenido, el Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente dijo:
De acuerdo con las disposiciones del punto d, apartado 2, articulo 6 del Decreto No. 101/2024/ND-CP, una de las bases para ajustar el mapa catastral es: "Los resultados de la inspeccion de la Oficina de Registro de Tierras o la Sucursal de la Oficina de Registro de Tierras para los casos en que los usuarios de la tierra tienen documentos que reflejan otros errores en la informacion de la parcela de tierra".
Por lo tanto, en caso de que el usuario de la tierra descubra que el estado actual de la parcela de tierra es diferente del mapa catastral, debe presentar un documento de denuncia a la Oficina de Registro de la Tierra o a la Sucursal de la Oficina de Registro de la Tierra para su inspeccion y correccion de acuerdo con las regulaciones.
De acuerdo con las regulaciones en el punto a del apartado 3 del articulo II del contenido C de la Parte V del Anexo I adjunto al Decreto No. 151/2025/ND-CP, el Comite Popular a nivel comunal organiza la implementacion de la extraccion de mapas catastrales para los lugares donde ya hay mapas catastrales; para los lugares donde no hay mapas catastrales y en los expedientes de registro y emision de Certificados de Derechos de Uso de la Tierra, Derechos de Propiedad de Bienes Vinculados a la Tierra ya hay piezas de extraccion de mapas catastrales, entonces verificar y firmar la confirmacion de piezas de extraccion de mapas catastrales de acuerdo con las regulaciones, excepto en los casos en que la pieza de extraccion de mapas catastrales haya sido confirmada por el Comite Popular a nivel comunal o la Sucursal de la Oficina de Registro de la Tierra haya inspeccionado y firmado la aprobacion antes del 1 de julio de 2025;
En el caso de que el expediente de registro y emision del Certificado de Derecho de Uso de la Tierra, Derecho de Propiedad de Bienes Vinculados a la Tierra no tenga una pieza de medicion del mapa catastral, se solicita a la unidad de medicion que tenga una Licencia sobre actividades de medicion, establecimiento de mapas catastrales para llevar a cabo la medicion del mapa catastral; la unidad de medicion es responsable de llevar a cabo la medicion del mapa catastral en un plazo no superior a 05 dias habiles a partir de la fecha de recepcion de la solicitud del nivel comunal, el usuario de la tierra debe pagar los costos de acuerdo con las regulaciones.
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente informa para que los ciudadanos lo sepan y se pongan en contacto con las autoridades competentes locales para que lo consideren y resuelvan de acuerdo con las disposiciones de la ley.