De acuerdo con el apartado 3 del articulo 7 de la Ley de Impuestos sobre la Renta de las Empresas de 2025 se estipula lo siguiente:
Las empresas que tienen muchas actividades de produccion y negocio en el periodo de calculo de impuestos los ingresos imponibles de las actividades de produccion y negocio son los ingresos totales de todas las actividades de produccion y negocio. En caso de que las actividades de produccion y negocio causen perdidas se compensara la perdida en los ingresos imponibles de las actividades de produccion y negocio con ingresos elegidos por la empresa (excepto los ingresos de las actividades de transferencia de bienes inmuebles transferencia de proyectos de inversion transferencia de derechos de participacion en proyectos de inversion).
En consecuencia las empresas inmobiliarias que pierden deben compensar las perdidas en los ingresos imponibles de las actividades comerciales con ingresos elegidos por las empresas.
Y la parte de los ingresos restantes despues de la compensacion todavia aplica la tasa impositiva del impuesto sobre la renta corporativa (TNDN) de las actividades rentables. (La tasa impositiva del impuesto sobre la renta corporativa para las actividades de transferencia de bienes inmuebles es del 22% segun el apartado 2 del articulo 17 de la Circular 78/2014/TT-BTC).
Por lo tanto las empresas inmobiliarias que pierden todavia tienen que pagar el impuesto sobre la renta de sociedades (TNDN) pero se les compensara la perdida en los ingresos imponibles de las actividades comerciales con ingresos elegidos por las empresas.
Es decir aunque tenga perdidas si la empresa tiene ingresos imponibles surgira la obligacion de pagar el IRPF. Por el contrario si no tiene ingresos imponibles no necesitara pagar el IRPF de acuerdo con las regulaciones.
No se pueden compensar las perdidas de las actividades de transferencia de bienes inmuebles transferencia de proyectos de inversion o transferencia de derechos de participacion en proyectos de inversion en ingresos de actividades que disfrutan de incentivos fiscales.