El Sr. T.P. S reflejó que está realizando los trámites para emitir el libro rojo. Sin embargo, el Comité Popular del barrio devolvió el expediente y exigió a los residentes que complementaran la opinión del propietario adyacente sobre permitir el paso. El Sr. S preguntó: ¿Es esta solicitud coherente con las regulaciones de la Ley de Tierras?
Además, el uso de terrenos con viviendas desde 1981 hasta ahora, el libro de registro familiar de 1981, 1995 y el número de casa emitido en 2003, existen diferencias en la dirección emitida.
El Sr. S preguntó: ¿El Comité Popular del barrio devuelve el expediente obligando a la gente a complementar documentos que prueben que esos 3 números de casa emitidos para 1 casa cumplen con las regulaciones o no?
Sobre este contenido, el Departamento de Administración de Tierras, Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente tiene las siguientes opiniones:
Sobre el contenido relacionado con el pasillo:
En el párrafo 3 del Artículo 11 de la Resolución No. 254/2025/QH15 de 11 de diciembre de 2025 de la Asamblea Nacional (vigente a partir del 1 de enero de 2026) se estipulan algunos mecanismos y políticas para eliminar las dificultades y obstáculos en la organización de la implementación de la Ley de Tierras que han estipulado que la división de parcelas de tierra, la fusión de parcelas de tierra estipulada en el punto d del párrafo 1 del Artículo 220 de la Ley de Tierras debe garantizar que haya un camino que conecte con las vías públicas o que los usuarios de tierras adyacentes acepten pasar para conectar con las vías públicas.
Por lo tanto, en el caso de la implementación de la división de parcelas de tierra o la fusión de parcelas de tierra, las nuevas parcelas de tierra formadas después de la división de parcelas de tierra, la fusión de parcelas de tierra deben garantizar que haya un camino que conecte con las vías públicas o que los usuarios de tierras adyacentes acepten pasar para conectar con las vías públicas.
El apartado 1 del artículo 15 del Decreto No. 49/2026/ND-CP de 31 de enero de 2026 del Gobierno que detalla y guía algunos artículos de la Resolución No. 254/2025/QH15 de la Asamblea Nacional que regula algunos mecanismos y políticas para eliminar las dificultades y obstáculos en la organización de la implementación de la Ley de Tierras ha encomendado al Comité Popular Provincial que regule el orden y los procedimientos administrativos sobre la tierra para implementar los casos previstos en el artículo 14 de este Decreto a más tardar el 1 de julio de 2026, garantizando la reducción y simplificación de los procedimientos administrativos de acuerdo con las regulaciones.
En el que se especifican claramente las responsabilidades de las agencias y personas autorizadas en los pasos para implementar el orden y los procedimientos, el tiempo máximo para implementar el orden y los procedimientos, los componentes del expediente que deben presentarse, incluidos los documentos que prueban los sujetos exentos o reducidos de obligaciones financieras, los formularios de implementación de procedimientos deben especificar la información para determinar las obligaciones financieras sobre la tierra.
Mientras no se promulguen las regulaciones sobre el orden y los procedimientos administrativos relacionados con la tierra estipulados en este apartado, el comité popular provincial decide la aplicación del orden y los procedimientos administrativos relacionados con la tierra de acuerdo con las disposiciones de la ley antes de la fecha en que este Decreto entre en vigor o decide el orden y los procedimientos administrativos relacionados con la tierra para cada caso específico.
Por lo tanto, de acuerdo con las regulaciones anteriores, los componentes del expediente presentado y el orden y los procedimientos para llevar a cabo los procedimientos administrativos relacionados con la tierra, incluidos los procedimientos para la división de parcelas de tierra y la consolidación de parcelas de tierra, serán regulados por el Comité Popular Provincial.
Por lo tanto, se solicita que envíe una petición a la autoridad competente en la localidad donde se encuentra la tierra para obtener orientación sobre la implementación.
Con respecto al contenido relacionado con la dirección de la parcela de tierra de acuerdo con las regulaciones en el párrafo 6 del Artículo 8 de la Circular No. 10/2024/TT-BTNMT, la información sobre la dirección de la parcela de tierra incluye: Número de casa, nombre de calle, calle; nombre del punto residencial (grupo residencial, aldea, caserío, aldea, aldea, aldea, bon, aldea, phum, soc, punto residencial similar) o nombre del área, campo (para parcelas de tierra fuera del área residencial); nombre de la unidad administrativa a nivel comunal, provincial donde se encuentra la parcela de tierra.
De acuerdo con las regulaciones del Artículo 5 de la Circular No. 08/2024/TT-BXD, el Comité Popular a nivel comunal revisa y propone un plan para numerar y colocar matrículas de casas en el área para presentar al Comité Popular a nivel provincial para su decisión y organización de la implementación.
Por lo tanto, la numeración y colocación de matrículas de casas es responsabilidad de las agencias estatales y la escuela de información sobre números de casa, nombres de calles y avenidas no es obligatoria al realizar los trámites de registro de tierras.
Por lo tanto, la solicitud del Comité Popular del barrio de que la gente complemente voluntariamente documentos que prueben que esos 3 números de casa se emiten para 1 casa no tiene base y no pertenece a los casos estipulados en el Artículo 151 de la Ley de Tierras.
En el proceso de implementación de los procedimientos administrativos relacionados con la tierra, en caso de que no esté de acuerdo con los resultados de la resolución de los procedimientos administrativos de la agencia competente en la localidad, tiene derecho a quejarse e iniciar una demanda contra la decisión administrativa, el acto administrativo sobre la gestión de la tierra de acuerdo con las regulaciones del Artículo 237 de la Ley de Tierras y el Artículo 7 de la Ley de Quejas de 2011.