En la clausula 3, el articulo 135 de la Ley de Tierras de 2024 estipula que el Libro Rojo solo se otorga despues del usuario de la tierra, el propietario de la propiedad adjunta a la tierra para cumplir con las obligaciones financieras de acuerdo con la ley, excepto el caso:
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(2) En caso de que la tierra sea arrendada a la alquiler anual de tierras, el Libro Rojo se emite despues de que la autoridad competente emitira una decision de arrendar la tierra y firmar un contrato de arrendamiento de tierras.
(3) Los usuarios de la tierra donan los derechos de uso de la tierra en uno de los siguientes casos, el estado organizara fondos para medir, ajuste, actualizacion de registros catastrales y emitir libros rojos para los usuarios de la tierra segun lo prescrito, especificamente:
+ Done los derechos de uso de la tierra al estado.
+ Donacion de los derechos de uso del suelo a la comunidad para construir trabajos para servir a los intereses comunes de la comunidad o expandir las carreteras segun lo planeado.
+ Donacion de los derechos de uso del suelo para construir casas de gratitud, casas compasivas, excelentes casas de unidad asociadas con la tierra de acuerdo con la ley.