La Sra. T.T.T.H en Hanoi informo que su familia recibio un libro rojo el 11 de febrero de 2004. En el libro rojo hay un simbolo en forma de T en la portada 1 y en la pagina 2 el proposito del uso del suelo se registra como vivienda.
La Sra. H pregunto, ¿es posible que ahora vaya a emitir un nuevo libro rojo para que coincida con la lista de tierras segun el Articulo 9 de la Ley de Tierras de 2024, o el libro rojo de su casa pertenece al caso de revocacion?
Sobre este tema, el Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente tiene la siguiente opinion:
Segun la reflexion anterior, la emision de certificados en 2003 y 2004, la expresion del proposito del uso de la tierra y el simbolo de la convencion registrado en el libro catastral y el certificado de derecho de uso de la tierra se llevan a cabo de acuerdo con las regulaciones de la Circular No. 1990/2001/TT-TCDC de fecha 30 de noviembre de 2001 del Director General de la Direccion General de Catastro que guia el registro de tierras, la preparacion de expedientes catastrales y la emision de certificados de derecho de uso de la tierra, segun la cual, el proposito del uso de la tierra residencial esta marcado con la letra T.
Por lo tanto, se solicita a la Sra. que se ponga en contacto con el Comite Popular a nivel comunal donde se encuentra la tierra para revisar el expediente de emision del certificado en el area, en caso de que haya errores en la informacion sobre la parcela de tierra (objeto del uso de la tierra), entonces llevar a cabo la correccion del certificado de acuerdo con las regulaciones en el punto b, parrafo 1, Articulo 152 de la Ley de Tierras de 2024.
El orden y los procedimientos para corregir el Certificado emitido en el punto XIV del contenido C de la Parte V del Anexo I emitido junto con el Decreto No. 151/2025/ND-CP de 12 de junio de 2025 del Gobierno que regula la delimitacion de la autoridad de los gobiernos locales de 2 niveles, la delegacion de poderes y la delegacion de poderes en el campo de la tierra.
En el caso de que se determine que el certificado emitido no es para el proposito correcto del uso de la tierra de acuerdo con las regulaciones en el momento de la emision del certificado, se trata de un caso de revocacion del certificado emitido de acuerdo con las regulaciones del punto d del apartado 2 del articulo 152 de la Ley de Tierras de 2024.
El orden y los procedimientos para revocar y cancelar los certificados emitidos y emitir certificados de derechos de uso de la tierra, derechos de propiedad de bienes inmuebles adjuntos a la tierra despues de revocar los certificados emitidos se llevan a cabo de acuerdo con las regulaciones en el punto XV del contenido C de la Parte V del Anexo I adjunto al Decreto No. 151/2025/ND-CP.