De acuerdo con el apartado 2 del articulo 42 de la Ley No. 41/2024/QH15, vigente a partir del 1 de julio de 2025, se estipula:
Los trabajadores no pueden disfrutar del regimen de enfermedad en los siguientes casos:
autolesionarse o autolesionarse a su propia salud;
Uso de drogas, precursores de drogas segun la lista prescrita por el Gobierno, excepto en los casos de uso de precursores o medicamentos combinados que contienen precursores segun la indicacion de profesionales de examen y tratamiento medico pertenecientes a centros de examen y tratamiento medico;
Durante el periodo en que se debe renunciar por primera vez para recibir tratamiento y rehabilitacion de la funcion laboral en caso de accidentes laborales o enfermedades profesionales;
Durante el periodo de licencia segun lo dispuesto en el apartado 1 de este articulo, coincide con el periodo de licencia segun lo dispuesto en la ley laboral, o esta licenciado y disfrutando del salario completo segun lo dispuesto en otras leyes especializadas, o esta licenciado y disfrutando del regimen de maternidad, mantenimiento y recuperacion de la salud segun lo dispuesto en la ley sobre seguro social.
Los trabajadores deben cumplir con las condiciones para disfrutar del regimen de maternidad estipulado en los apartados 1, 2, 3, 4, 5 del Articulo 50 de la Ley de Seguro Social No. 41/2024/QH15, vigente a partir del 1 de julio de 2025, especificamente de la siguiente manera:
Los trabajadores que hayan pagado el seguro social durante 6 meses o mas en el periodo de 12 meses consecutivos antes de dar a luz, o que hayan recibido un hijo por maternidad subrogada, o que hayan adoptado un hijo de menos de 6 meses de edad, tienen derecho al regimen de maternidad.
Las trabajadoras que dan a luz, si han pagado el seguro social obligatorio durante 12 meses o mas y cuando estan embarazadas tienen que ausentarse del trabajo para mantener el embarazo de acuerdo con las indicaciones de la persona que ejerce la profesion de examen y tratamiento medico perteneciente a la institucion de examen y tratamiento medico, deben pagar el seguro social obligatorio durante 3 meses o mas durante los 12 meses siguientes a dar a luz.
En comparacion con las regulaciones anteriores, los trabajadores, basandose en las disposiciones de la ley sobre seguro social obligatorio, completan completamente el expediente para disfrutar del regimen de maternidad de acuerdo con las regulaciones, y lo envian a la agencia de seguro social mas cercana para su resolucion.
La unidad o el individuo participante presenta el expediente a traves del Portal de Servicios Publicos, adjuntando un certificado de alta del hospital o un certificado de renuncia para recibir el seguro social emitido por un centro medico competente.