El articulo 19 del Decreto 170 regula detalladamente las decisiones de contratacion y contratacion de funcionarios publicos.
Articulo 19. Decision de contratacion y aceptacion de empleo
1. En un plazo maximo de 5 dias habiles a partir de la fecha de finalizacion del plazo para completar el expediente de reclutamiento de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 1 del articulo 18 de este Decreto el jefe de la agencia competente para contratar emite una decision de reclutamiento y envia un aviso al candidato seleccionado. El contenido de la decision de reclutamiento incluye la contratacion la disposicion del puesto de trabajo y la clasificacion correspondiente al puesto de trabajo de reclutamiento. La agencia competente para reclutamiento es responsable de solicitar a la agencia competente de acuerdo con las disposiciones de la
2. En un plazo maximo de 30 dias a partir de la fecha de la decision de contratacion el empleado debe presentarse a recibir el trabajo a menos que la decision de contratacion establezca otro plazo o la autoridad competente de contratacion haya acordado una prorroga.
3. En el caso de que la persona reclutada no venga a recibir el trabajo dentro del plazo estipulado en el apartado 2 de este articulo o el curriculum judicial determine que pertenece a uno de los casos en los que no se puede registrar para la contratacion de funcionarios publicos el jefe de la agencia competente para la contratacion cancelara la decision de contratacion.
4. Al final del plazo estipulado en el apartado 2 de este articulo la agencia competente para contratar anuncia publicamente en la pagina de informacion electronica o en el portal de informacion electronica de la agencia y envia un aviso a los candidatos que tengan resultados de contratacion inferiores (en orden) a los resultados de contratacion de los candidatos cuyos resultados de contratacion fueron cancelados de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del articulo 18 de este Decreto o la decision de contratacion cancelada de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 de este articulo para completar el expediente y emitir una decision de contratacion a mas tardar 15 dias
En el caso de que haya 2 o mas personas con resultados de reclutamiento inferiores a los inmediatamente anteriores iguales el jefe de la agencia competente para contratar decide la persona admitida de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del articulo 10 de este Decreto (en el caso de organizar el examen de reclutamiento) o segun lo dispuesto en el apartado 2 del articulo 12 de este Decreto (en el caso de organizar el examen de reclutamiento).