Decreto No. 159/2025/ND-CP Detalla y guia la implementacion de una serie de articulos de la ley sobre seguro social sobre seguro social voluntario. El decreto No. 159/2025/ND-CP entra en vigencia desde 1.7.2025.
El articulo 13 del decreto estipula el regimen de jubilacion para los participantes del seguro social voluntario antes de 1.1.2021 de la siguiente manera:
1. La persona que comenzo a participar en un seguro social voluntario antes de 1.1.2021 y tiene por 20 años de pagar un seguro social voluntario o mas si tienen deseos, tienen derecho a una pension cuando tienen 60 años para hombres y 55 años para mujeres.
2. La pension mensual para los participantes del seguro social disfruta voluntariamente de las pensiones segun lo prescrito en la clausula 1 de este articulo cumplira con el articulo 99 de la ley sobre seguro social.
3. El tiempo de derecho a la pension a los participantes de seguro social que disfrutan voluntariamente de las pensiones segun lo prescrito en la Clausula 1 de este articulo cumplira con el articulo 101 de la ley sobre el seguro social.
4. El Ministro del Interior Detalles Clausula 3 de este articulo.
Por lo tanto, la persona que comenzo a participar en un seguro social voluntario antes de 1.1.2021 y tiene entre 20 años de pago de seguro social voluntario o mas si tienen aspiraciones, disfrutaran de una pension cuando tengan 60 años para hombres y 55 años para mujeres.