El proyecto de Resolución especifica los sujetos que tienen derecho a subsidios que son maestros de preescolar (incluidos maestros, cuidadores de niños, directores, subdirectores, directores de guarderías, subdirectores de guarderías) y cumple con las 3 condiciones.
Primero, los maestros de preescolar han tenido tiempo para participar en el trabajo (incluido el tiempo de enseñanza, educación, crianza, cuidado de niños) en guarderías, clases de jardín de infancia, clases de alfabetización (en adelante, denominadas colectivamente instituciones de educación preescolar) en comunas, barrios, barrios, aldeas, pueblos, aldeas, escuelas agrícolas y forestales, equipos de producción, cooperativas, fábricas, obras, granjas agrícolas, escuelas forestales, fábricas, agencias... en el período desde 1960 hasta antes del 1 de enero de 1995.
Segundo, los maestros de preescolar que han dejado de trabajar pero no han recibido una pensión o que reciben una pensión pero el tiempo de trabajo anterior al 1 de enero de 1995 no se incluye en el tiempo de cotización obligatoria al seguro social para recibir una pensión.
Tercero, los maestros de preescolar que aún no han recibido el régimen de acuerdo con las regulaciones del Decreto No. 14/2020/ND-CP de fecha 24 de enero de 2020 del Gobierno que regula el régimen de subsidios para los maestros jubilados que aún no han recibido el régimen de subsidio por antigüedad en la pensión.
Según el proyecto de Resolución, los maestros de preescolar están sujetos a las regulaciones para recibir subsidios únicos. Entre ellos, se especifican claramente 5 casos específicos.
En el caso de que haya documentos que prueben el número de años de servicio, el proyecto de Resolución estipula que si el tiempo de servicio es de 3 años (36 meses) o menos en una institución de educación preescolar, se recibirá una asignación equivalente a 6.500.000 VND; si el tiempo de servicio es superior a 3 años, a partir del cuarto año en adelante, cada año (12 meses completos) se agregarán 800.000 VND.
Al calcular el tiempo de implementación del régimen de subsidio único, si hay meses impares, por cada 1 mes (30 días), cada mes se agregan 67.000 VND. El número de días de trabajo restantes que no son suficientes para 1 mes no se recibe.
Si el tiempo de participación en el trabajo en las instituciones de educación preescolar se interrumpe, se suma para calcular el régimen de subsidio; si hay un período en el que se determina el tiempo de trabajo y un período en el que no se determina el tiempo de trabajo, entonces el tiempo total de los períodos en los que se determina el tiempo de trabajo se calcula como base para disfrutar del régimen de subsidio.
En el caso de que haya documentos que prueben el tiempo de trabajo pero no se determine específicamente el tiempo de participación en el trabajo o no haya documentos para demostrar que ha tenido tiempo de trabajo en instituciones de educación preescolar, se recibe una prestación única de 6.500.000 VND.
En el caso de haber recibido una asignación única por el tiempo de trabajo en instituciones de educación preescolar antes del 1 de enero de 1995, se recibe una asignación única equivalente a 6.500.000 VND.
En el caso de que se disfrute de una pensión pero el tiempo de trabajo en las instituciones de educación preescolar antes del 1 de enero de 1995 no se incluya en el tiempo de cotización obligatoria al seguro social para disfrutar de la pensión, se recibe una prestación única equivalente a 6.500.000 VND.
En el caso de que una maestra de jardín de infancia cumpla con las condiciones para recibir la asignación pero haya fallecido, el representante legal de los familiares de la maestra de jardín de infancia fallecida (incluido: cónyuge, padre biológico, madre biológica, padre adoptivo, madre adoptiva, hijo biológico, hijo adoptivo) presentará un expediente para recibir el régimen de asignación.
En el caso de que una maestra de jardín de infancia pierda la capacidad civil, el tutor o el tutor, naturalmente, de acuerdo con las regulaciones, presentará un expediente para recibir el régimen de subsidio.
El Ministerio de Educación y Formación dijo que el Proyecto de Resolución se elaboró con el punto de vista de que la regulación de expedientes, procesos y procedimientos para resolver el régimen para el equipo de maestros de preescolar que se han jubilado y no han disfrutado del régimen debe garantizarse estrictamente para evitar el lucro de las políticas, pero tampoco causar dificultades, complejidades o molestias a este equipo al implementarlo.