Los maestros de preescolar pueden jubilarse anticipadamente si lo desean.
A partir del 1 de enero de 2026, la Ley de Profesores entrará en vigor oficialmente. En comparación con antes, las nuevas regulaciones se consideran más flexibles, adecuadas a las características específicas de la profesión y a cada grupo de profesores.
La hoja de ruta para aumentar la edad de jubilación se estipula en el Código Laboral de 2019, aplicable a los trabajadores en general (incluidos los maestros). Si se jubilan a una edad normal, a partir del 1 de enero de 2026, las maestras que enseñan en jardines de infancia se jubilarán a los 57 años, sin embargo, según la Ley de Maestros, las maestras de jardín de infancia, si lo desean, podrán jubilarse a los 52 años.

Por lo tanto, a partir de 2026, los maestros de preescolar (mujeres) de 52 a 56 años que estén trabajando, si lo desean, se jubilarán.
Guía para la reducción de personal para maestros de preescolar
El 9 de junio de 2026, el Ministerio del Interior emitió un documento oficial que guía la implementación de la política de reducción de personal para los maestros de preescolar.
En los últimos tiempos, el Ministerio del Interior ha recibido varios documentos de las localidades preguntando sobre la implementación de la política de reducción de personal para los maestros de preescolar de acuerdo con el Decreto 154 del Gobierno que regula la reducción de personal.
En relación con este contenido, el Ministerio del Interior planteó 2 casos específicos con profesores de preescolar.
En el primer caso, para los maestros de preescolar que tienen una edad inferior en un máximo de 5 años a la edad de jubilación en condiciones laborales normales.
En este caso, el Ministerio del Interior dijo que la Ley de Maestros de 2025 ha estipulado una política para los maestros en las instituciones de educación preescolar para que se jubilen por debajo de un máximo de 5 años en comparación con la edad de jubilación en condiciones laborales normales.
Por lo tanto, en el caso de que las maestras de preescolar tengan una edad mínima no superior a 5 años en comparación con la edad de jubilación en condiciones laborales normales y deseen jubilarse, se aplicará la política de jubilación de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre seguro social.
Por lo tanto, no se planteará la cuestión de implementar la reducción de personal de acuerdo con el Decreto 154 para los casos que hayan alcanzado la edad de jubilación.
En el segundo caso, para los maestros de preescolar restantes y que pertenecen a uno de los sujetos para implementar la reducción de personal estipulado en el Decreto 154, el Ministerio del Interior solicita a los Comités Populares de provincias y ciudades que dirijan a las agencias, organizaciones, unidades y Comités Populares a nivel comunal para que consideren y resuelvan la política de reducción de personal para los maestros de preescolar de acuerdo con las regulaciones del Decreto 154.