El 6 de abril de 2026, el Ministro de Finanzas emitió la Decisión 844/QD-BTC anunciando nuevos procedimientos administrativos en el campo de la gestión tributaria para hogares empresariales e individuos empresariales.
De acuerdo con las instrucciones en la Sección 6 Parte II de esta Decisión, el proceso de devolución excesiva de impuestos para los hogares empresariales se lleva a cabo en 4 pasos:
Paso 1: Presentar la solicitud de devolución de impuestos según el formulario correcto.
Los hogares empresariales y las personas físicas que realizan negocios pagan el impuesto sobre la renta personal según el método de tasa impositiva multiplicada (x) por los ingresos imponibles presentan una solicitud de devolución de impuestos pagada en exceso según el formulario No. 01/TKN-CNKD emitido junto con la Circular 18/2026/TT-BTC.
Los hogares empresariales y las personas físicas que realizan negocios pagan el impuesto sobre la renta personal según el método de ingresos imponibles multiplicados (x) por la tasa impositiva para presentar la solicitud de devolución de impuestos pagada en exceso según el formulario No. 02/QTT-TNCN-CNKD emitido junto con la Circular 18/2026/TT-BTC.
Paso 2: La autoridad fiscal recibe el expediente del contribuyente:
En caso de que el contribuyente presente una solicitud de devolución de impuestos con un expediente en papel en el centro de servicio administrativo público a nivel comunal, el funcionario de impuestos verificará la integridad del expediente de acuerdo con las regulaciones. Si el expediente no es completo, se le pedirá al contribuyente que lo complemente; si el expediente es completo, la autoridad fiscal enviará una Notificación de Recepción de Expediente según el formulario 01/TB-HT de acuerdo con la Circular 80/2021/TT-BTC y la actualizará en el sistema de gestión tributaria.
En caso de envío de expedientes por correo postal, los funcionarios fiscales estampan el sello de recepción, registran la fecha de recepción del expediente y lo actualizan en el sistema de gestión tributaria. Dentro de los 3 días hábiles, la autoridad fiscal envía una notificación de aceptación del expediente (formulario 02/TB-HT) o una notificación de expediente incorrecta (formulario 03/TB-HT).
Para los expedientes electrónicos, los contribuyentes los envían a través del sistema de resolución de trámites administrativos del sector fiscal o el Portal Nacional de Servicios Públicos. El sistema enviará un aviso de recepción o un aviso de motivo de no recepción del expediente según el formulario 01/TB-HT en un plazo máximo de 15 minutos a partir de la recepción del expediente.
Después de recibir el expediente, dentro de los 3 días hábiles, la autoridad fiscal envía una notificación de aceptación o no aceptación del expediente de solicitud de devolución de impuestos de acuerdo con las regulaciones.
Paso 3: Verifique las condiciones de devolución de impuestos y solicite suplementos cuando sea necesario.
Después de recibir el expediente de solicitud de devolución de impuestos, la autoridad fiscal realiza una inspección de acuerdo con las regulaciones de la Ley de Administración Tributaria y los documentos de orientación para la implementación.
En un plazo de 3 días hábiles a partir de la fecha de recepción del expediente:
- En caso de que el expediente no esté sujeto a reembolso de impuestos, la autoridad fiscal envía una notificación de no reembolso de impuestos según el formulario 04/TB-HT emitido junto con la Circular 80/2021/TT-BTC.
- En caso de que el expediente no tenga suficiente información, la autoridad fiscal envía una notificación solicitando explicaciones y adiciones de acuerdo con el formulario 01/TB-BSTT-NNT de acuerdo con el Decreto 126/2020/ND-CP.
El contribuyente es responsable de complementar el expediente dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de la notificación.
Si se excede el plazo y el contribuyente no complementa o complementa pero no ha demostrado que los datos de la declaración de impuestos son correctos, la autoridad fiscal transferirá el expediente para ser inspeccionado antes del reembolso de impuestos y enviará una notificación según el formulario 05/TB-HT dentro de los 6 días hábiles a partir de la fecha de aceptación del expediente.
Paso 4: La autoridad fiscal emite una decisión de devolución o no devolución de impuestos.
Después de completar la inspección del expediente, la autoridad fiscal emite una de las siguientes decisiones:
- Decisión de devolución de impuestos según el formulario No. 01/QDHT, Apéndice del monto del impuesto, el pago tardío, la multa pagada en exceso se devuelven según el formulario No. 01/PL-HTNT emitido junto con el apéndice I de la Circular 80/2021/TT-BTC en el caso de que el contribuyente ya no tenga impuestos adeudados.
O
- Decisión de devolución de impuestos y compensación de ingresos del presupuesto estatal de acuerdo con el formulario No. 02/QDHT, Apéndice de la cantidad de impuestos, pagos atrasados, multas pagadas en exceso que se devuelven, formulario No. 01/PL-HTNT, Apéndice de la cantidad de impuestos, pagos atrasados, multas a pagar que se compensan 01/PL-BT emitido junto con el apéndice I de la Circular 80/2021/TT-BTC en el caso de que el contribuyente todavía tenga impuestos adeudados o el contribuyente solicite compensar la cantidad de impuestos que se devuelven con la deuda, los ingresos generados por otros contribuyentes.
- Notificación de no reembolso de impuestos según el formulario No. 04/TB-HT emitido junto con el apéndice I de la Circular 80/2021/TT-BTC en caso de que el expediente no esté sujeto al reembolso de impuestos.