Sin información del comprador, ¿cómo escribe el hogar de negocios la factura?
El Decreto 254/2026/ND-CP estipula que los hogares empresariales y los individuos empresariales con ingresos anuales superiores a 1.000 millones de VND deben aplicar facturas electrónicas con códigos de la autoridad fiscal o facturas electrónicas generadas a partir de cajas registradoras con conexión de datos con la autoridad fiscal.
Una de las situaciones que puede surgir es que los hogares de negocios vendan bienes y brindan servicios a clientes extranjeros, pero los compradores no proporcionan información completa para emitir facturas.
Según el Apéndice adjunto al Decreto 254/2026/ND-CP, si el comprador es un consumidor que proporciona el nombre, dirección y número de identificación personal, esta información debe figurar en la factura.
En cuanto a los compradores extranjeros, la información sobre la dirección y el número de identificación personal puede ser reemplazada por el número de pasaporte o los documentos de entrada y salida y la nacionalidad del cliente.
En el caso de que el comprador no proporcione el nombre, la dirección, el número de identificación personal, en la factura debe indicarse claramente "Vendido al consumidor".
Por lo tanto, los hogares de negocios con ingresos superiores a 1 mil millones de VND cuando venden productos a clientes extranjeros sin información de identificación aún pueden emitir facturas de acuerdo con las regulaciones, en lugar de tener información personal completa del comprador.
Si los clientes extranjeros proporcionan información para emitir facturas, los hogares de negocios pueden utilizar el número de pasaporte o los documentos de entrada y salida y la nacionalidad según la normativa.
Un punto que los hogares de negocios deben tener en cuenta es que las facturas no tienen información del comprador o las facturas emitidas a los consumidores no tienen valor para que las organizaciones económicas, agencias, otras organizaciones, hogares de negocios, individuos de negocios las utilicen con fines de contabilidad de costos o liquidación de impuestos.
El Decreto 254/2026/ND-CP fue promulgado por el Gobierno el 30 de junio de 2026 y entró en vigor el 1 de julio de 2026.