Basado en el apartado 5 del articulo 4 del Decreto 296/2025/ND-CP vigente a partir del 01.01.2026 que regula las fuentes de deduccion y los bienes sellados para organizaciones hogares de negocios hogares familiares organizaciones comunitarias que se aplican medidas de coercion y sanciones administrativas de la siguiente manera:
Articulo 4. Fuentes de la deduccion y los bienes incautados para las organizaciones y hogares empresariales los hogares familiares las organizaciones de cooperacion y la comunidad residencial sujetos a medidas de coercion:
1. Para las organizaciones que son agencias estatales unidades armadas organizaciones politicas organizaciones sociopoliticas publicas que no obtienen ingresos garantizados para los gastos operativos del presupuesto estatal que se aplican medidas de cuong che la deduccion de dinero y el pago de los gastos de las actividades de cuong che deben garantizar la fuente de dinero para ejecutar las decisiones de cuong che no deben utilizar dinero del presupuesto estatal ni dinero proveniente del presupuesto estatal.
2. Para las organizaciones estipuladas en el apartado 1 de este articulo que tienen ingresos o estan organizadas actividades de ingresos de acuerdo con las disposiciones de la ley cuando se deduce el dinero se liquidan los activos y se pagan los costos de las actividades de coercion se toman de las fuentes de ingresos y los bienes aportados por estas actividades.
3. Para las organizaciones sociales las organizaciones sociales vocacionales las organizaciones no gubernamentales los fondos sociales y los fondos beneficos deben deducir el dinero liquidar los activos y pagar los costos de las actividades de coercion del dinero y los activos de esa organizacion o fondo.
4. Para las empresas las unidades dependientes de las empresas las cooperativas y las cooperativas deben deducir el dinero la liquidacion de activos y pagar los costos de las actividades de coercion por dinero o bienes de las empresas las unidades dependientes de las empresas las cooperativas y las cooperativas.
5. Para los hogares empresariales los hogares familiares y los grupos de trabajo deben deducir el dinero de la liquidacion de activos y pagar los costos de las actividades de coercion del dinero y los activos comunes de los hogares empresariales los hogares familiares y los grupos de trabajo; en caso de que los activos comunes no sean suficientes para ejecutar la decision de coercion se deducira el dinero y la liquidacion de activos de los miembros del hogar empresarial el hogar familiar y el grupo de trabajo a menos que el contrato de cooperacion o la ley relacionada lo
6. Para la comunidad residencial se deduciran el dinero la liquidacion de activos y los gastos de las actividades de coercion procedentes del dinero y los bienes comunes de la comunidad residencial.
En consecuencia en caso de que los bienes comunes del hogar empresarial no sean suficientes para ejecutar la decision de coercion se deducira el dinero y se levantaran los bienes de los miembros del hogar empresarial a menos que el contrato de cooperacion o la ley relacionada lo requieran.