El Ministerio del Interior acaba de emitir el Documento Oficial No. 7617/BNV-TCBC enviado a los Comités Populares de las provincias y ciudades directamente dependientes del Gobierno Central para guiar y unificar la resolución de políticas para las personas que trabajan a tiempo parcial en aldeas y grupos residenciales que renuncian debido a la reorganización de aldeas y grupos residenciales.
Según el Ministerio del Interior, después de emitir el Documento Oficial No. 7031/BNV-TCBC de fecha 7 de julio de 2026, algunas localidades han solicitado aclarar cómo determinar a los beneficiarios de la política. Por lo tanto, el Ministerio del Interior continúa guiando para garantizar una implementación unificada a nivel nacional.
El Ministerio del Interior dijo que el párrafo 1 del Artículo 14 del Decreto No. 185/2026/ND-CP (sobre la organización y operación de aldeas y grupos residenciales y el régimen y las políticas para las personas que trabajan a tiempo parcial en aldeas y grupos residenciales), estipula que las personas que trabajan a tiempo parcial en aldeas y grupos residenciales incluyen los siguientes títulos: Jefe de aldea o Jefe de grupo residencial, Secretario de la Célula del Partido y Jefe del Comité de Trabajo del Frente.
Para las aldeas y grupos residenciales que implementan el plan de reorganización en una nueva aldea y grupo residencial de acuerdo con la decisión de la autoridad competente, el número de personas que trabajan a tiempo parcial en las aldeas y grupos residenciales redundantes se determina sobre la base de la diferencia entre el número total de personas que trabajan a tiempo parcial en las aldeas y grupos residenciales presentes en el momento de la reorganización en comparación con el número de personas que trabajan a tiempo parcial asignadas en las aldeas y grupos residenciales de acuerdo con las regulaciones en el párrafo 2 del Artículo 14 del Decreto No. 185/2026/ND-CP.
El Ministerio del Interior solicita a las localidades que se basen en el plan de asignación de personal de cada aldea y grupo residencial después de la reorganización para considerar y decidir sobre los sujetos que renuncian, asegurando que el número de personas que se resuelven para renunciar de acuerdo con las regulaciones en el párrafo 5 del Artículo 2 del Decreto No. 154/2025/ND-CP (sobre la política de reducción de personal) no exceda el número de personas que trabajan a tiempo parcial que se determina que son excedentes de esa aldea y grupo residencial.
Para los casos de renuncia debido a que las localidades toman la iniciativa de reestructurar y consolidar el equipo pero no están sujetos a la aplicación del Decreto No. 154/2025/ND-CP, el Ministerio del Interior solicita a las localidades que implementen de acuerdo con las instrucciones en el Documento Oficial No. 7031/BNV-TCBC.
En consecuencia, las localidades se basan en la situación real y la capacidad de equilibrar el presupuesto para emitir proactivamente políticas de apoyo de fuentes presupuestarias locales de acuerdo con su autoridad, garantizando los derechos de los sujetos relacionados.
El Ministerio del Interior solicita a los Comités Populares de provincias y ciudades que se basen en las regulaciones del Decreto No. 154/2025/ND-CP y los documentos de orientación para resolver urgentemente las políticas para las personas que trabajan a tiempo parcial en aldeas y grupos residenciales bajo su autoridad de gestión.
Al mismo tiempo, las localidades son responsables de resumir e informar los resultados de la implementación al Ministerio del Interior antes del 30 de julio de 2026 para que el Ministerio los resuma e informe a las autoridades competentes de acuerdo con las regulaciones.