El Gobierno emite el Decreto No. 305/2026/ND-CP que modifica y complementa algunos artículos del Decreto No. 28/2019/ND-CP de fecha 20 de marzo de 2019 del Gobierno que regula las denuncias y la resolución de denuncias en el Ejército Popular.
El Decreto No. 305/2026/ND-CP modifica y complementa el Artículo 1 (sobre el alcance del ajuste), el Artículo 2 (sobre los sujetos de aplicación) del Decreto No. 28/2019/ND-CP en la dirección de agregar 3 grupos de sujetos más, incluyendo: Personas que trabajan en organizaciones de cifrado en el Comité de Cifrado del Gobierno bajo la autoridad de gestión del Ministro de Defensa; funcionarios de defensa y trabajadores contratados dependientes del Ministerio de Defensa.
La adición de estos 3 grupos de sujetos tiene como objetivo garantizar la conformidad con la Constitución, la coherencia con la ley vigente y la conformidad con la práctica de resolución de denuncias en el Ejército Popular.
El Decreto también añade los apartados 7, 8, 9 después del apartado 6 del artículo 5 en la dirección de determinar la autoridad para resolver denuncias en los casos de denuncia de muchos militares con diferentes cargos, en los que al menos 1 persona es comandante; casos de denuncia de muchos militares pertenecientes a diferentes unidades y la autoridad del Ministro de Defensa en el principio de determinar la autoridad para resolver denuncias de la siguiente manera:
Denunciar actos de violación de la ley en el desempeño de tareas y funciones públicas de muchos militares, personas que trabajan en organizaciones de criptografía, funcionarios de defensa nacional, trabajadores y empleados de defensa nacional, trabajadores contratados dependientes del Ministerio de Defensa, incluidos al menos 1 comandante sobre el mismo contenido de denuncia se maneja de la siguiente manera:
En el caso de que las personas acusadas sean de la misma agencia o unidad, el jefe de administración militar de la agencia o unidad directamente superior del comandante acusado debe resolverlo;
En el caso de que las personas acusadas no estén en la misma agencia o unidad, el jefe de administración militar de la agencia o unidad directamente superior del comandante acusado preside y resuelve; el jefe de administración militar de otra agencia o unidad autorizada a gestionar a la persona acusada coordina la resolución;
En el caso de que las personas acusadas tengan 2 o más personas que sean comandantes de diferentes agencias y unidades pertenecientes a una agencia o unidad que sea un subordinado directo del Ministerio de Defensa, el jefe de administración militar de la agencia o unidad subordinada directa del Ministerio de Defensa resolverá o determinará la autoridad para resolver.
La denuncia de actos ilegales en el desempeño de tareas y funciones públicas de muchos militares, personas que trabajan en organizaciones de criptografía, funcionarios de defensa nacional, trabajadores y empleados de defensa nacional, trabajadores contratados dependientes del Ministerio de Defensa dependientes de muchas agencias y unidades diferentes se maneja de la siguiente manera:
En el caso de que las agencias y unidades de las personas acusadas estén subordinadas a una agencia o unidad de nivel superior directamente gestionada, el jefe de administración militar de esa agencia o unidad de nivel superior debe resolverlo;
En el caso de que las personas acusadas estén subordinadas a muchas agencias y unidades diferentes, el jefe de administración militar de nivel superior de las agencias y unidades donde trabajan las personas acusadas preside la resolución; el jefe de administración militar de las agencias y unidades con autoridad para gestionar a las personas acusadas coordina la resolución.
El Ministro de Defensa Nacional determina la autoridad para resolver denuncias contra agencias, unidades, organizaciones, militares, personas que trabajan en organizaciones de criptografía, funcionarios de defensa nacional, trabajadores y empleados de defensa nacional, trabajadores contratados dependientes del Ministerio de Defensa Nacional en el momento de la violación bajo su gestión que no está dentro de los casos prescritos.