A partir de principios de julio de 2026, la Ley de Ejecución de Detención y Prisión Preventiva y Prohibición de Salir del Lugar de Residencia Oficial entrará en vigor.
Esta ley regula los principios, el orden y los procedimientos para la implementación de medidas preventivas en el procedimiento penal, incluida la detención preventiva, la detención preventiva, la prohibición de abandonar el lugar de residencia; la organización, las tareas, los poderes y el modelo del organismo de gestión y ejecución de la detención preventiva, la prohibición de abandonar el lugar de residencia.
Al mismo tiempo, regular los derechos y obligaciones de las personas detenidas preventivamente, las personas detenidas preventivamente, las personas a las que se les prohíbe salir de su lugar de residencia; responsabilidades de las agencias, organizaciones e individuos relacionados en la implementación de medidas para prevenir la detención preventiva, la detención preventiva y la prohibición de salir de su lugar de residencia.
La ley también estipula claramente los actos prohibidos:
Prohibir estrictamente la tortura, la persecución, el uso de tortura; formas de trato y castigo brutales, inhumanos, humillantes o cualquier otra forma que infrinjan los derechos e intereses legítimos de las personas detenidas, las personas encarceladas, las personas a las que se les prohíbe salir de su lugar de residencia;
No cumplir o no ejecutar correcta o incompletamente las órdenes y decisiones de las agencias y personas competentes sobre detención preventiva, detención preventiva, liberación, prohibición de abandonar el lugar de residencia;
Detención ilegal de personas; liberación ilegal de personas detenidas temporalmente, personas detenidas temporalmente; violación de las regulaciones en la gestión, vigilancia, escolta de personas detenidas temporalmente, personas detenidas temporalmente; permitir que personas a las que se les prohíbe salir de su lugar de residencia se vayan de su lugar de residencia ilegalmente;
Obstruir a las personas detenidas preventivamente, las personas detenidas preventivamente para ejercer el derecho a visitar a familiares, el derecho a defenderse, recibir asistencia legal, contacto consular, quejas, denuncias, derechos humanos, otros derechos y obligaciones de los ciudadanos de acuerdo con las disposiciones de esta Ley y otras disposiciones de la legislación pertinente;
Destrucción de un centro de detención, destrucción o daño intencionado a la propiedad del centro de detención; organización de fuga o fuga del lugar de detención; organización de fuga o fuga mientras son escoltados o se les prohíbe salir de su lugar de residencia; fuga de personas detenidas temporalmente, personas detenidas temporalmente;
No cumplir con las normas internas del centro de detención, el régimen de gestión de la detención o las decisiones, solicitudes de la agencia, persona con autoridad para gestionar, ejecutar la detención preventiva, la detención preventiva, la prohibición de abandonar el lugar de residencia;
Realizar o organizar, incitar, incitar, atraer, persuadir, ayudar, ocultar, obligar a otros a violar la ley sobre la ejecución de la detención preventiva, la prohibición de abandonar el lugar de residencia; vengarse, infringir la vida, la salud, el honor, la dignidad, los bienes de otros en la ejecución de la detención preventiva, la prohibición de abandonar el lugar de residencia...