Según la normativa vigente, la edad de jubilación de los trabajadores en condiciones de trabajo normales se ajusta según una hoja de ruta hasta alcanzar los 62 años para los trabajadores varones en 2028 y los 60 años para las trabajadoras en 2035.
De acuerdo con el apartado 2 del artículo 4 del Decreto 135/2020/ND-CP del Gobierno, la edad de jubilación de los trabajadores en condiciones laborales normales en 2026 se determina de la siguiente manera: Los trabajadores varones son de 61 años y 6 meses, las trabajadoras son de 57 años. Por lo tanto, a partir del 1 de enero de 2026, los trabajadores varones nacidos a partir del 1 de junio de 1964; las trabajadoras nacidas a partir del 1 de enero de 1969 alcanzarán la edad de jubilación.

El artículo 68 de la Ley de Seguro Social estipula los subsidios únicos al jubilarse de la siguiente manera:
Los trabajadores varones con un período de cotización al seguro social superior a 35 años, las trabajadoras con un período de cotización al seguro social superior a 30 años, cuando se jubilen, además de la pensión, también recibirán un subsidio único.
El nivel de subsidio único por cada año de contribución superior a lo prescrito es igual a 0,5 veces el salario promedio utilizado como base para las contribuciones al seguro social estipulado en el Artículo 72 de esta Ley por cada año de contribución superior hasta la edad de jubilación según lo prescrito por la ley.
En el caso de que el empleado haya cumplido las condiciones para recibir una pensión de jubilación de acuerdo con las disposiciones de los Artículos 64 y 65 de esta Ley y continúe cotizando al seguro social, el nivel de subsidio es igual a 2 veces el salario promedio utilizado como base para cotizar al seguro social estipulado en el Artículo 72 de esta Ley por cada año cotizado superior al número de años estipulado en el párrafo 1 de este Artículo desde después del momento de alcanzar la edad de jubilación según lo prescrito por la ley hasta el momento de la jubilación.
La pensión mensual se estipula en el Artículo 66 de la Ley de Seguro Social. En consecuencia, el nivel de pensión mensual del sujeto elegible estipulado en el Artículo 64 de esta Ley se calcula de la siguiente manera:
Para las trabajadoras, el nivel es del 45% del salario promedio utilizado como base para las cotizaciones al seguro social estipulado en el Artículo 72 de esta Ley correspondiente a 15 años de cotización al seguro social, después de eso, por cada año adicional de cotización, se calcula un 2% adicional, el nivel máximo es del 75%.
Para los trabajadores varones, el nivel es del 45% del salario promedio utilizado como base para las cotizaciones al seguro social estipulado en el Artículo 72 de esta Ley correspondiente a 20 años de cotización al seguro social, después de eso, por cada año adicional de cotización, se calcula un 2% adicional, el nivel máximo es del 75%.
En el caso de los trabajadores varones con un período de cotización al seguro social de 15 años a menos de 20 años, el nivel de pensión mensual es igual al 40% del salario promedio utilizado como base para las cotizaciones al seguro social estipulado en el Artículo 72 de esta Ley correspondiente a 15 años de cotización al seguro social, después de lo cual por cada año adicional de cotización se calcula un 1% adicional.
El nivel de pensión mensual para los sujetos que son trabajadores de algunas profesiones y trabajos especialmente especiales en las fuerzas armadas populares es regulado por el Gobierno. Los fondos para la implementación provienen del presupuesto estatal.
El nivel de pensión mensual del sujeto que cumple con las condiciones estipuladas en el Artículo 65 de esta Ley se calcula de acuerdo con lo estipulado en el párrafo 1 de este Artículo, luego, por cada año de jubilación anticipada, se reduce en un 2%.
En el caso de que el período de jubilación anticipada sea inferior a 06 meses, no se reducirá el porcentaje de pensión, de 06 meses completos a menos de 12 meses, se reducirá en un 1%.
El cálculo del nivel de pensión mensual de los trabajadores que cumplen con las condiciones para recibir una pensión y tienen un período de cotización al seguro social de acuerdo con las disposiciones del tratado internacional del que la República Socialista de Vietnam es miembro, pero tienen un período de cotización al seguro social en Vietnam inferior a 15 años, cada año de cotización durante este período se calcula al 2,25% del salario promedio utilizado como base para las cotizaciones al seguro social estipulado en el Artículo 72 de esta Ley.
El Gobierno regula detalladamente el nivel de disfrute y las condiciones para disfrutar de las pensiones.