En el Portal de Información del Gobierno, un ciudadano pregunta: La familia de la Sra. D. T (Hanoi) tiene una parcela de tierra dejada por sus antepasados, utilizada de forma estable y a largo plazo (desde antes de 1980), sin que se haya emitido un Certificado de Derecho de Uso de la Tierra.
La familia conserva avisos sobre la recaudación del impuesto sobre la tierra residencial del Comité Popular de la comuna y recibos de recaudación del impuesto sobre la vivienda y la tierra desde 1994 y la familia ha pagado el impuesto sobre la tierra residencial en su totalidad desde entonces hasta ahora.
En 2018, su familia construyó una casa de nivel IV en el terreno, sin ser multada ni levantar ningún acta de infracción. Actualmente, el terreno está en la planificación como terreno residencial.
Ahora, la familia acudió al Comité Popular de la comuna para solicitar extractos de información para registrarse para la emisión del Certificado de Derecho de Uso de la Tierra por primera vez, entonces la comuna proporcionó información, según el mapa, el libro de inventario y la estadística de tierras de cultivo elaborado en 1996 muestran el tipo de tierra: Jardín mixto.
La Sra. T preguntó, ¿puede su familia registrarse para la emisión del Certificado de Derecho de Uso de la Tierra por primera vez como tierra residencial, si lo hace, la familia será multada, se le pedirá demoler la casa de nivel IV? ¿Se les concederán alguna preferencia al calcular los impuestos?
Si no se puede registrar para la emisión del Certificado de Derecho de Uso de la Tierra por primera vez como tierra residencial, ¿cómo debe registrarse su familia y cómo se maneja la parte del impuesto sobre la tierra residencial de 1994 de la familia?
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente responde a esta pregunta de la siguiente manera:
Según el contenido que proporcionó, la determinación del tipo de tierra, las condiciones al registrar la tierra, emitir el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra, Derecho de Propiedad de Bienes Vinculados a la Tierra (en adelante denominado Certificado) por primera vez debe basarse en el origen, el proceso de gestión y uso de la tierra, los registros catastrales y los documentos relacionados, y no solo basarse en el pago del impuesto sobre la vivienda y la tierra.
En el caso de que las familias e individuos utilicen la tierra de manera estable, sin disputas, sin documentos sobre los derechos de uso de la tierra que no violen la ley de tierras, no pertenezcan a los casos de asignación incorrecta de autoridad, la emisión del Certificado se implementa de acuerdo con las regulaciones del Artículo 138 de la Ley de Tierras de 2024.
Los avisos y recibos de recaudación de impuestos sobre la vivienda y la tierra de 1994 son documentos para que las autoridades competentes los consideren en el proceso de llevar a cabo los trámites de registro de tierras y emisión de Certificados.
Para las casas construidas en 2018 en terrenos que los registros catastrales muestran como terrenos de jardín, la determinación de si hay un acto de uso de la tierra para fines incorrectos, si se maneja la violación y se aplican medidas para remediar las consecuencias o no debe basarse en el momento, el acto de violación y los registros específicos, de acuerdo con la ley de tierras y el manejo de violaciones administrativas.
Las obligaciones financieras al emitir el Certificado se determinan de acuerdo con el Decreto No. 103/2024/ND-CP, modificado y complementado por el Decreto No. 291/2025/ND-CP.
Se solicita a la Sra. que se base en los documentos existentes y se ponga en contacto con las autoridades competentes locales para ser considerada y resuelta de acuerdo con las disposiciones de la ley.