En el Portal de Información del Gobierno, el ciudadano pregunta: En 1998, el Sr. H.V. L recibió del Comité Popular del distrito (antiguo) el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra de las parcelas de tierra agrícola. Usó la tierra de forma estable y continua desde 1990, sin disputas (confirmado por el Comité Popular de la comuna en 2024).
Ahora el Sr. L está realizando los trámites para renovar el Certificado según el nuevo modelo, pero las agencias funcionales le exigen que cambie a alquilar tierras pagando anualmente con el motivo de que "la superficie excede el límite, el plazo de uso ha expirado".
El Sr. L preguntó, usted tiene un Certificado de Derecho de Uso de la Tierra desde 1998, utilizado de manera estable antes de 1993, ¿está sujeto a la transferencia al arrendamiento de tierras de acuerdo con la Ley de Tierras de 2024?
¿Se aplican las disposiciones del apartado 2 del artículo 255 de la Ley de Tierras de 2024 sobre la posibilidad de seguir utilizando la tierra sin tener que cambiar al arrendamiento de la tierra en su caso?
¿Qué necesita hacer para que se le reemplace el Certificado sin tener que cambiar al arrendamiento de tierras?
El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente responde a esta pregunta de la siguiente manera:
Con respecto al primer contenido de la pregunta, el Artículo 176 de la Ley de Tierras regula el límite de asignación de tierras agrícolas; por lo tanto, en el caso de que una persona esté utilizando el área de tierra agrícola asignada antes del 1 de julio de 2014 pero exceda el límite de asignación de tierras en el momento de la asignación, debe cambiar a arrendar tierras de acuerdo con las regulaciones en el párrafo 1 del Artículo 255 de la Ley de Tierras para el área que exceda el límite.
En cuanto al segundo contenido de la pregunta, la ley de tierras no estipula que las personas que utilizan tierras agrícolas estén sujetas a la asignación de tierras por parte del estado con cobro de tasas de uso de la tierra (Artículo 119 de la Ley de Tierras), por lo que no están sujetas a la aplicación de las disposiciones del apartado 2 del artículo 255 de la Ley de Tierras.
Sobre el contenido de la tercera pregunta, en los puntos a y b del apartado 1 del artículo 172 de la Ley de Tierras sobre el uso de la tierra por un período limitado se estipula:
1. Excepto en los casos previstos en el artículo 171 de esta Ley, el plazo de uso de la tierra cuando el Estado asigna la tierra, arrienda la tierra, reconoce los derechos de uso de la tierra se estipula de la siguiente manera:
a) El plazo para la asignación de tierras, el reconocimiento de los derechos de uso de la tierra agrícola para las personas directamente involucradas en la producción agrícola que utilizan tierras para cultivos anuales, tierras para acuicultura, tierras para producción de sal, tierras para cultivos perennes, tierras forestales de producción que son bosques plantados dentro del límite estipulado en el Artículo 176 de esta Ley es de 50 años. Cuando expire el plazo de uso de la tierra, se les permite continuar utilizando la tierra de acuerdo con el plazo estipulado en este punto sin tener que realizar trámites de prórroga;
b) El plazo de arrendamiento de tierras agrícolas para individuos no supera los 50 años. Cuando expire el plazo de arrendamiento de la tierra, si los individuos lo necesitan, el Estado considerará continuar arrendando la tierra, pero no más de 50 años;".
En el apartado 3 del artículo 135 de la Ley de Tierras sobre el principio de expedición de Certificados de Derecho de Uso de la Tierra, Derecho de Propiedad de Bienes Vinculados a la Tierra se estipula:
3. El Certificado de Derecho de Uso de la Tierra, Derecho de Propiedad de Bienes Vinculados a la Tierra solo se emite después de que el usuario de la tierra, el propietario de los bienes vinculados a la tierra complete las obligaciones financieras de acuerdo con las disposiciones de la ley.
En el caso de que el usuario de la tierra, el propietario de los activos vinculados a la tierra no esté sujeto a obligaciones financieras o esté exento, se le permita registrar deudas de obligaciones financieras, el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra, Derecho de Propiedad de Activos Vinidos a la Tierra se emite después de que la autoridad competente determine que no está obligado a cumplir con obligaciones financieras o está exento, se le permite registrar deudas de obligaciones financieras; en el caso de arrendamiento de tierras para pagar el alquiler de la tierra anualmente, el Certificado de Derecho de Uso de la Tierra, Derecho de Propiedad de Activos Vinidos a la Tierra se emite después de que la autoridad competente emita una decisión de arrendamiento de tierras, firme un contrato de arrendamiento de tierras... ".
Para garantizar la uniformidad de los procedimientos de la tierra, de acuerdo con el contenido del caso que se está resolviendo en la localidad, se solicita al Sr. que se ponga en contacto con la agencia de agricultura y medio ambiente local para recibir orientación de acuerdo con su autoridad y de acuerdo con las regulaciones de la ley.