El 3 de septiembre de 2025 el Ministro de Finanzas emitio la Decision 3078/QD-BTC sobre el anuncio de procedimientos administrativos modificados y complementados en el campo de la gestion tributaria dentro del ambito de la funcion de gestion del Ministerio de Finanzas (que entro en vigor el 3 de septiembre de 2025).
Basado en el Articulo 17 Parte 2 Apendice emitido adjunto a la Decision 3078/QD-BTC de 2025 que regula la modificacion de los procedimientos para eximir y reducir el impuesto sobre el uso de la tierra no agricola que enfrenta dificultades debido a eventos adversos a partir del 3 de septiembre de 2025 lo siguiente:
Procedimiento:
- Paso 1: Los contribuyentes de impuestos sobre el uso de la tierra agricola presentan el expediente.
Los contribuyentes que encuentran dificultades debido a circunstancias inesperadas sujetos a lo dispuesto en el parrafo 9 del articulo 9 y el parrafo 4 del articulo 10 de la Ley de Impuestos sobre el Uso de la Tierra No Agricola de 2010 deben presentar solicitudes de exencion o reduccion del impuesto sobre el uso de la tierra no agricola en la agencia tributaria de gestion directa.
- Paso 2. La autoridad fiscal recibe:
En caso de que el expediente se entregue directamente en la oficina de impuestos el funcionario de impuestos recibe y sella el expediente registra el tiempo de recepcion del expediente registra el numero de documentos en el expediente y registra el numero de correo electronico de la oficina de impuestos.
En caso de que el expediente se envie por correo postal los funcionarios publicos de impuestos firman la fecha de recepcion del expediente y la anotan en el numero de correo electronico de la agencia tributaria.
La agencia tributaria gestiona directamente la recepcion de expedientes de acuerdo con las regulaciones.
Como hacerlo:
- Pagar directamente en la sede de la autoridad fiscal;
- O enviar a traves del sistema postal.
Contenido del expediente:
- Documento solicitado de acuerdo con el Formulario No. 01/MGTH emitido junto con el Anexo 1 de la Circular 80/2021/TT-BTC de fecha 29 de septiembre de 2021 del Ministerio de Finanzas que guia la aplicacion de algunos articulos de la Ley de Administracion Tributaria de 2019 y el Decreto 126/2020/ND-CP que regula detalladamente algunos articulos de la Ley de Administracion Tributaria de 2019.
- Fotocopia de los documentos relacionados con la parcela de tierra gravada como: Certificado de derecho de uso de la tierra Decision de asignacion de tierras Decision o Contrato de arrendamiento de la tierra Decision de permiso para cambiar el proposito del uso de la tierra;
- Certificado del Comite Popular de la comuna donde se encuentra la tierra dañada.
Plazo de resolucion de expedientes:
- Dentro de los 30 dias siguientes a la recepcion del expediente completo el organismo de gestion tributaria decide la exencion o reduccion de impuestos o notifica por escrito al contribuyente la razon por la que no esta sujeto a la exencion o reduccion de impuestos.
- En caso de que sea necesario verificar la realidad para tener suficientes bases para resolver el expediente de exencion de impuestos y reduccion de impuestos en un plazo de 40 dias a partir de la fecha de recepcion del expediente completo el organismo de gestion tributaria emite una decision de exencion de impuestos y reduccion de impuestos o notifica por escrito al contribuyente la razon de la exencion de impuestos y reduccion de impuestos.
+ Destinatarios de los tramites administrativos: Organizaciones hogares y particulares.
+ Organo de resolucion de tramites administrativos: Impuesto base.
Resultados de la realizacion de tramites administrativos:
+ Decision de exencion de impuestos y reduccion de impuestos segun el formulario 03/MGTH emitido junto con la Circular 80/2021/TT-BTC de fecha 29 de septiembre de 2021 del Ministerio de Finanzas.
+ Notificacion de no exencion de impuestos y reduccion de impuestos segun el formulario 04/MGTH emitido junto con el anexo 1 de la Circular 80/2021/TT-BTC de fecha 29 de septiembre de 2021 del Ministerio de Finanzas.
En el proceso de resolucion de expedientes de exencion de impuestos y reduccion de impuestos que carezcan de informacion necesaria para la explicacion y complementacion de documentos la autoridad fiscal envia un Aviso de explicacion y complementacion de informacion y documentos segun el modelo 01/TB-BSTT-NNT emitido junto con el Decreto 126/2020/ND-CP a los contribuyentes para solicitar la explicacion y complementacion de informacion y documentos.