El Ministerio de Educacion y Formacion acaba de publicar un borrador de Circular que regula la autoridad para contratar maestros para obtener opiniones.
Segun el borrador esta Circular regula la autoridad para contratar maestros en instituciones educativas publicas y guia la determinacion de instituciones educativas que cumplen con las condiciones para implementar la contratacion de maestros. Los sujetos de aplicacion incluyen a los Presidentes de los Comites Populares de todos los niveles los Departamentos de Educacion y Formacion los establecimientos educativos publicos (escolar primaria secundaria regular especialidad preparatoria universitaria) y las organizaciones e individuos relacionados.
Entre ellos la autoridad para contratar maestros en otras instituciones educativas se regula en el articulo 5. Especificamente de la siguiente manera:
Articulo 5. Autoridad para contratar maestros en otras instituciones educativas:
1. Para las escuelas preparatorias universitarias:
El rector de la escuela preparatoria universitaria realiza la contratacion de docentes bajo la autoridad de gestion.
2. Para las escuelas de agencias estatales y organizaciones politicas:
El jefe de la institucion educativa que realiza la contratacion de docentes pertenece a la autoridad de gestion.
3. Para los establecimientos educativos bajo la autoridad de gestion del Comite Popular Provincial excepto los establecimientos educativos especificados en el punto a punto b punto c punto 2 articulo 14 de la Ley de Maestros; Articulos 3 y 4 de esta Circular y el apartado 1 y apartado 2 de este articulo:
a) El Departamento de Educacion y Formacion presidira la organizacion de la contratacion de docentes en las instituciones educativas reguladas en este apartado;
b) El jefe de establecimiento educativo especificado en este apartado realiza la contratacion de docentes si el establecimiento educativo cumple con las condiciones para realizar la contratacion de docentes de acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 6 de esta Circular y el Presidente del Comite Popular Provincial asigna la contratacion. La asignacion de la contratacion de acuerdo con lo dispuesto en este punto es presidida por el Departamento de Educacion y Formacion para asesorar y llevar a cabo.
Se espera que la Circular regule la autoridad para contratar profesores entre en vigor a partir del 1 de enero de 2026.